Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 109 de 2010 cámara - 12 de Agosto de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451406602

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 109 de 2010 cámara

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 109 DE 2010 CÁMARA. por medio de la cual se establecen estímulos tributarios y otros, con el fin de adoptar medidas especiales para la rehabilitación e inclusión social de jóvenes con alto grado de emergencia social, pandillismo y violencia juvenil.

Consideraciones Generales

1.1 Origen de la iniciativa

La presente iniciativa es de origen congresional y fue radicada por el Representante Ángel Custodio Cabrera en virtud de la facultad conferida por la Constitución y la ley en materia de iniciativa legislativa.

1.2 Antecedentes del proyecto

Esta iniciativa se radicó en la legislatura pasada, se aprobó en la Plenaria de la Cámara, pasó a la Comisión Tercera del Senado donde fue retirado por sus ponentes el 15 de junio de 2010.

En esta oportunidad fue radicado a comienzos de octubre de 2010, se discutió y aprobó en primer debate el día 8 de junio de 2011. Vale destacar que el texto no sufrió ningún tipo de modificación durante su discusión en la Comisión Tercera de la Cámara.

Se ofició oportunamente a varias autoridades con el fin de que emitieran su concepto frente a este proyecto de ley, entre ellas al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de la Protección Social y al Instituto Colombiano de Bienestar Social.

Sobre el particular el ICBF, consideró conveniente continuar con el trámite de la presente iniciativa.

1.3 Temas contenidos en la iniciativa

Este proyecto está dirigido, principalmente a fortalecer las acciones tendientes a la recuperación integral del joven, en todo el país, en situación de emergencia social, pandillas y jóvenes vinculados a grupos de violencia, con los mecanismos necesarios para evitar su incremento, implementando acciones y estableciendo procedimientos que los incluyan en una sociedad con respuestas claras y los proyecten como personas útiles y que aporten a la sociedad para su desarrollo; brindando el acceso a la salud, a la educación, a la recreación y a la inclusión laboral, así como la protección de sus derechos fundamentales, propiciando que las compañías y/o empresas acepten preferentemente estos jóvenes y a su vez, reciban estímulos tributarios por su vinculación.

El texto contiene 13 artículos que establecen el objeto de la norma, autoriza a las autoridades, locales y nacionales para incluir presupuestos, con los cuales se desarrollarán planes, programas y estímulos para cumplir con ese objetivo.

Define así mismo, lo que se considera jóvenes rehabilitados que han estado vinculados a grupos de violencia y jóvenes en emergencia social, y, establece unos rangos de edad para aplicar la norma es decir, para adolescentes entre 12 y 17 años y para jóvenes entre 18 y 21 años.

Le entrega al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar la articulación funcional de las entidades públicas y privadas de acuerdo con su competencia, es decir, en asistencia técnica a los Consejos de Política Social; la promoción de acciones conjuntas y coordinadas entre los mismos para el planteamiento de planes y programas, coordinará acciones con el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, para la formación de actividades productivas, participar en el diseño e implementación de estrategias de prevención para disminuir la emergencia social.

Así mismo, coordinará acciones con el Ministerio de Educación Nacional y propiciar estímulos educativos en unión con el Icetex y las universidades públicas para la efectiva inclusión social de estos jóvenes.

A través de esta propuesta se crea el Centro de Investigación en Violencia y Delincuencia Juvenil que permitirá consolidar un programa de investigación, monitoreo y evaluación de la violencia juvenil.

Autoriza igualmente a las entidades del orden Nacional, Departamental, Distrital y Municipal a celebrar contratos y convenios interadministrativos con entidades y organismos que tengan a su cargo los planes de que trata la norma para la generación de empleo.

El proyecto contempla estímulos tributarios en los que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que contraten el tipo de personas de que trata esta iniciativa, aptos para...

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