Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 98 de 2011 senado
INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 98 DE 2011 SENADO. por medio de la cual se adoptan normas y requisitos mínimos para el uso y supervisión técnica de sistemas verticales de transporte de personas, de tipo eléctrico, automático y mecánico y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 12 de mayo de 2012
Doctora
OLGA SUÁREZ MIRA
Presidenta
Comisión Sexta Senado de la República
Bogotá, D.C.
Asunto: Ponencia segundo debate al Proyecto de ley número 98 de 2011 Senado
Respetada doctora:
En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Sexta del Senado de la República y con fundamento en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, me permito rendir ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 98 de 2011 Senado, por medio de la cual se adoptan normas y requisitos mínimos para el uso y supervisión técnica de sistemas verticales de transporte de personas, de tipo eléctrico, automático y mecánico y se dictan otras disposiciones, en los siguientes términos:
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TRÁMITE
El presente proyecto de ley fue presentado por el Senador Carlos Emiro Barriga Peñaranda el día 25 de agosto de 2011 ante la Secretaría del Senado, bajo el número 98 y repartido ese mismo día para su trámite correspondiente a la Comisión Sexta, definiéndose por disposición de la Presidencia de la comisión como ponente al suscrito Senador. La ponencia respectiva fue radicada el 25 de octubre de 2011. El 16 de noviembre del 2011 la Comisión Sexta de Senado discutió y aprobó el proyecto en primer debate. Posteriormente me fue asignada la ponencia para segundo debate.
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CONTENIDO Y OBJETO DEL PROYECTO
El proyecto de ley puesto consideración del Congreso de la República y que consta de doce (12) artículos, no solo pretende que se puedan evitar accidentes, sino que los usuarios hagan uso responsable de estos elementos y colaboren en la buena utilización de estos sistemas verticales de transporte.
El objetivo del proyecto es el de establecer medidas y controles mínimos para el uso de tales sistemas con fundamento en: prevención, señalización, vigilancia y control.
El contenido de este proyecto pretende llenar el vacío regulatorio que en tal sentido se presenta, pues el país está huérfano de una normatividad para controlar el mantenimiento de los sistemas verticales de transportes eléctricos, automáticos y mecánicos dentro de edificaciones.
En este orden de ideas, la presente iniciativa establece seguridad, señalización, revisión mecánica, que brindarán a los usuarios de estos mecanismos, medidas mínimas en la prevención de accidentes, estableciendo sanciones y hasta el cierre de establecimientos que no cumplan con las condiciones de seguridad básicas que garanticen el bienestar de los ciudadanos.
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CONSIDERACIONES GENERALES
Como lo afirma el autor del proyecto en la Exposición de Motivos, ¿los accidentes producidos por el mal uso de los sistemas verticales de transporte de personas, electrónicos, automáticos y mecánicos dentro de edificaciones es una constante¿. Es cierto. En los últimos meses el país se ha enterado, a través de los medios de comunicación, de frecuentes accidentes en este tipo de sistemas de transporte, sobre todo en centros comerciales. Además, las víctimas han resultado ser, en su mayoría, niños y jóvenes.
Las causas de estos lamentables hechos han sido problemas en el funcionamiento de los aparatos.
Como quiera que los sistemas verticales de transporte de personas forman parte de la vida cotidiana de los habitantes de los centros urbanos, se hace necesaria la expedición de una norma legislativa al respecto, al igual que de la correspondiente reglamentación gubernamental.
Este proyecto de ley, que tiene como objeto establecer medidas y controles mínimos para el uso de los referidos sistemas y que se fundamenta en la prevención, señalización, vigilancia, control y sanción, se presenta en un momento oportuno y se convierte en pertinente y afortunado. Tiene la razón el autor cuando indica que ¿el país está huérfano de una normatividad para controlar el mantenimiento de los sistemas verticales de transporte de persona, eléctrico, automáticos y mecánicos dentro de edificaciones¿.
De manera que la iniciativa merece ser acogida por el Congreso de la República y de ahí que se...
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