Informe de ponencia para segundo debate al proyecto de ley 132 de 2006 senado - 28 de Marzo de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451455838

Informe de ponencia para segundo debate al proyecto de ley 132 de 2006 senado

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 132 DE 2006 SENADO. TEXTO APROBADO POR LA COMISION PRIMERA DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA, por medio de la cual se adiciona el artículo 2° de la Ley 733 de 2002.

Bogotá, D. C., ¿ de marzo de 2007

Honorable Senadora

DILIAN FRANCISCA TORO TORRES

Presidente

Senado de la República

E. S. D.

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 132 de 2006 Senado, por medio de la cual se adiciona el artículo 2° de la Ley 733 de 2002.

Señora Presidenta:

En cumplimiento del encargo impartido, me permito poner a su consideración para discusión de la Plenaria, el informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 132 de 2006 Senado, por medio de la cual se adiciona el artículo 2° de la Ley 733 de 2002.

  1. Contenido del proyecto

    El proyecto de ley materia de la presente ponencia tiene como propósito tipificar al comúnmente denominado ¿paseo millonario¿ como una de las modalidades de secuestro extorsivo. Es pertinente recordar que la mencionada práctica delictiva consiste en retener a una persona en cualquier medio de transporte, bajo amenaza, con el propósito fraudulento de despojarlo de sus bienes y extraer dinero de sus cuentas bancarias. Para asegurar el cumplimiento del citado fin, la iniciativa adiciona un nuevo inciso al artículo 169 del actual Código Penal, modificado por las Leyes 733 de 2002 y 890 de 2004.

    A continuación se transcribe la norma vigente y se subraya y resalta el precepto normativo que se pretende adicionar mediante el presente proyecto de ley.

    ¿Artículo 169. Secuestro extorsivo. El que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, con el propósito de exigir por su libertad un proyecto o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político, incurrirá en prisión de trescientos veinte (320) a quinientos cuatro (504) meses y multa de dos mil seiscientos sesenta y seis punto sesenta y seis (2666.66) a seis mil (6.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

    Igual pena se aplicará cuando la conducta se realice temporalmente en medio de transporte con el propósito de obtener provecho económico bajo amenaza¿.

    Como se señaló en el informe de ponencia para primer debate, una de las principales razones que motiva la aprobación de este proyecto de ley, consiste en otorgar plena seguridad jurídica a la adecuación típica del comportamiento descrito, pues a pesar de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR