Informe de ponencia para segundo debate al proyecto de ley 34 de 2008 senado - 10 de Septiembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451468522

Informe de ponencia para segundo debate al proyecto de ley 34 de 2008 senado

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 34 DE 2008 SENADO. por la cual se establece la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental y se dictan otras disposiciones, acumulado con el Proyecto de ley número 133 de 2008 Senado, por la cual se establecen normas para la promoción, prevención y protección de la salud mental y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., agosto 26 de 2009

Doctor

JAVIER CACERES LEAL

Presidente

Senado de la República

Ciudad

Ref.: Informe de Ponenciapara segundo debate del Proyecto de ley número 034 de 2008 Senado, acumulado con el Proyecto de ley número 133 de 2008 Senado.

Señor Presidente:

En cumplimiento de la designación que nos fue hecha, presentamos el informe para segundo debate al Proyecto de ley número 034 de 2008 Senado, ¿por la cual se establece la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental y se dictan otras disposiciones¿, acumulado con el Proyecto de ley número 133 de 2008 Senado, ¿por la cual se establecen normas para la Promoción, Prevención y Protección de la Salud Mental y se dictan otras disposiciones¿, para efectos de lo cual nos permitimos hacer las siguientes consideraciones:

  1. ANTECEDENTES DEL PROYECTO

    1.1 El día ocho (8) de mayo de 2008 fue radicado en la Secretaría General del Senado de la República el Proyecto de ley número 285 de 2008 Senado, ¿por la cual se establece la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental y se dictan otras disposiciones¿, por la Senadora Elsa Gladys Cifuentes A. Fue publicado en la Gaceta del Congreso número 239 del jueves 8 de mayo de 2008. Con fecha 4 de junio de 2008 fue presentada ponencia para primer debate, publicada en la Gaceta del Congreso número 328 del viernes 6 de junio de 2008. Al no alcanzar trámite dentro de la legislatura 2007-2008, en la última sesión de la Comisión dentro de la misma fue retirado.

    1.2 El día 22 de julio de 2008 fue presentado ante la Secretaría General del Senado de la República por la misma Senadora el Proyecto de ley número 034 de 2008 Senado, con igual título y orientación.

    1.3 El día 28 de agosto de 2008 fue presentado por el Senador Carlos Julio González Villa el Proyecto de ley número 133, ¿por la cual se establecen normas para regular la protección de la salud mental y se dictan otras disposiciones¿. Fue publicado en la Gaceta del Congreso número 566 del lunes 1º de septiembre de 2008.

    1.4 Mediante trámite de proposición al efecto de octubre 8 de 2008, los anteriores proyectos fueron acumulados, en armonía con el artículo 151 de la Ley 5ª de 1992.

    1.5 El día nueve (9) de junio de 2009, en Sesión Ordinaria de la Comisión Séptima Constitucional Permanente del Senado de la República, fue considerada y sustentada la ponencia para primer debate de los Proyectos de ley números 34 de 2008 y 133 de 2008 Senado.

    En la sesión se aprobó por unanimidad el bloque del articulado del proyecto y el título del proyecto de la siguiente manera: ¿Por la cual se establecen normas para la promoción, prevención y protección de la salud mental y se dictan otras disposiciones¿.

    2. VISION GENERAL

    A. DEL PROYECTO DE LEY NUMERO 034 DE 2008 SENADO

    De acuerdo con la exposición de motivos:

    ¿En Colombia algunos estudios[1][2] han planteado una relación directa entre violencia y trastorno mental y para el caso comparan las elevadas cifras sobre el maltrato a la niñez y el suicidio infantil, aun cuando se conoce que estas problemáticas presentan un subregistro en la información. Para el año 2001 el suicidio infantil alcanzó la cifra de cien niños y niñas al año y en este mismo año se registraron 6.000 niños y niñas enrolados en los grupos armados ilegales, se recibieron 30 denuncias diarias por abusos sexuales en menores y se conoció que aproximadamente 25.000 niños y niñas eran víctimas de explotación sexual.

    Así mismo, el Ministerio de la Protección Social[2][3] realizó en los años 2003-2004, el Estudio Nacional de Salud Mental, en el cual se encontró que alrededor de ocho de cada veinte colombianos, tres de cada veinte y uno de cada catorce, presentaron trastornos psiquiátricos alguna vez en la vida en los últimos doce meses y en los últimos 30 días, respectivamente. El tipo de trastorno más frecuente fue el trastorno de ansiedad (19.3% alguna vez), seguido del trastorno de estado de ánimo (15%) y el uso de sustancias psicoactivas (10.6%). Otros resultados del mismo estudio muestran cómo el 40.1% de los colombianos ha tenido alguna vez un trastorno mental derivado de la falta de afecto o por el uso de sustancias psicoactivas. Las mujeres son mayormente afectadas por los episodios depresivos, al contrario de los hombres, donde prevalecen los episodios maníacos. Los trastornos de ansiedad según género, vividos alguna vez en la vida afectan más a las mujeres, así como la fobia específica. En cuanto al estrés postraumático triplica la presencia en mujeres con relación a los hombres. Entre los trastornos por uso de sustancias psicoactivas, el uso de alcohol, la dependencia a la nicotina y el abuso y dependencia a las drogas, es más frecuente en hombres que en mujeres. Con relación a la prevalencia del intento de suicidio para la población colombiana, el estudio mostró que cinco de cada cien hombres y una de cada cien mujeres han intentado suicidarse en los últimos doce meses.

    Como una conclusión general del estudio, se propone ¿considerar a los trastornos mentales como enfermedades crónicas con derecho a tratamiento, así como mejorar la conciencia popular acerca de los trastornos mentales y la efectividad del tratamiento integral. Para ello se hace necesario incidir en las políticas públicas y en su operacionalización a través de los planes de salud en las diferentes entidades territoriales. En tal sentido, se propone transitar un camino basado en la generación de un proceso de planeación colectiva, con la participación de todos los actores que intervienen en la salud mental, sustentado en unos principios democráticos, que permitan buscar una relación más equitativa entre los intereses conjuntos de hombres y mujeres, vista en los diferentes momentos de la vida; de tal forma que las transformaciones en la condición de la salud mental de la población se logre a través de procesos de corto, mediano y largo plazo, basados en la definición de escenarios posibles y factibles, con una mirada prospectiva de la salud mental¿[3][4].

    La anterior conclusión se une a varias recomendaciones derivadas de la reflexión hecha en el Primer Congreso Nacional por la Salud, realizado en el año 2001, donde se identificó una falta de equidad en el sistema de salud colombiano y la necesidad de trabajar en la transformación virtuosa de algunas situaciones generadoras de vulnerabilidad social como: La pobreza, que afecta cada vez a un mayor número de población, la concentración de la riqueza y la brecha entre ricos y pobres, que es una de las más altas en toda América Latina, la disminución en los planes de beneficios en salud y el privilegio de la rentabilidad del sistema de salud, por encima de la Solidaridad, la falta de planificación de la salud pública por parte del Estado, unida a la precariedad de su intervención, especialmente en el campo de la Salud Mental y el escenario restringido que ha creado la Ley 100 de 1993, pues al convertir todos los servicios de salud pública en Empresas Sociales del Estado, sometió la prestación de los servicios de salud a la búsqueda de financiación privada, favoreciendo la creación de servicios privados en detrimento de los servicios comunitarios o ambulatorios, pues esta ley se basó en un modelo de rendimiento de la atención prestada y el pago por hospitalización. Por lo tanto, desestima la actividad ambulatoria, pues no es rentable.

    Igualmente, en dicho Congreso se planteó que no existe una legislación de promoción y prevención en salud mental, ni existen programas de rehabilitación y reinserción social de los pacientes afectados por enfermedad mental y en muchos casos no hay diferenciación de tratamiento en términos de su clasificación entre agudos y crónicos. No se cuenta con estructuras intermedias como hospitales de día, redes de equipos interdisciplinarios, programas de salud comunitaria, etc., que propongan tratamientos de tipo ambulatorio y desde una perspectiva amplia de comprensión y transformación social. Los programas de formación de los profesionales de la salud mental están circunscritos al ámbito de las universidades, donde priman los modelos de formación reduccionistas, orientados exclusivamente a la intervención médico-farmacológica y las actividades hospitalarias, sin una perspectiva amplia de investigación y comprensión integral de la salud mental de la cual se desprendan nuevas formas de identificación de evidencia emergente, trabajo extrahospitalario e intervención comunitaria.

    Con la intención de subsanar algunos vacíos en este sentido, el Estado colombiano ha logrado avances significativos en materia de reglamentación en salud mental, aunque ello no corresponde en igual medida a la transformación efectiva de las condiciones reales de la salud mental de los y las colombianas. La Ley 1122 de 2007 reposicionó la salud mental como una de las dimensiones esenciales de la salud integral y la incorporó en el Plan Nacional de Salud Pública y concretamente dentro del Plan de Intervenciones Colectivas. De igual manera, se ha construido una plataforma normativa de promoción y prevención en salud pública desarrollada, entre otros, a través de los Decretos 3518 y 2323 y la Resolución 1043 de 2006. De manera más específica, se cuenta con los Decretos 3039 de 2007 y 4747 de 2007 y la Resolución 425 de 2008, en los cuales se señala de manera expresa la incorporación de la salud mental dentro de los planes territoriales de salud. Por último, mediante el Conpes 112 de 2008, se redistribuyó el porcentaje de asignación de recursos que deberá destinarse a salud pública, incluyendo las acciones tendientes a fortalecer la salud mental.

    Todo lo anterior pone en...

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