Informe de objeción presidencial al proyecto de ley 076 de 2006 cámara 167 de 2006 senado - 13 de Diciembre de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451334950

Informe de objeción presidencial al proyecto de ley 076 de 2006 cámara 167 de 2006 senado

INFORME DE OBJECIÓN PRESIDENCIAL AL PROYECTO DE LEY 076 DE 2006 CÁMARA, 167 DE 2006 SENADOINFORME SOBRE LAS OBJECIONES PRESIDENCIALES, por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 100 años del municipio de Alejandría en el departamento de Antioquia

Bogotá, diciembre 11 de 2007.

Doctores

NANCY PATRICIA GUTIERREZ CASTAÑEDA

Presidenta

Honorable Senado de la República

OSCAR ARBOLEDA PALACIO

Presidente

Honorable Cámara de Representantes

Bogotá, D. C.

Referencia: Desestimación de las objeciones Presidenciales al Proyecto de ley número 076 de 2006 Cámara, 167 de 2006 Senado,por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 100 años del municipio de Alejandría en el departamento de Antioquia.

Respetados Presidentes:

Con el objeto de darles cumplimiento al artículo 167 de la Carta Política y el artículo 199 concordantes de la Ley 5ª de 1992, con relación a las objeciones presidenciales al Proyecto de Ley de la referencia, nos dirigimos a Ustedes con el fin de que las Plenarias de Cámara y Senado de la República se pronuncien aprobando el Proyecto de ley número 076 de 2006 Cámara, 167 de 2006 Senado,por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 100 años del municipio de Alejandría en el departamento de Antioquia.

Los siguientes son los argumentos jurídicos que se oponen a las objeciones planteadas por el Ministro de Hacienda y Crédito Público en oficio radicado en su despacho el 15 de noviembre de los corrientes, frente al citado proyecto de ley.

Plantea el Ministro que en el proyecto se ordena al Gobierno realizar unas inversiones que afectan el Plan Nacional de Desarrollo, que son ¿mandatos¿ y que requieren cuantiosas disponibilidades financieras para su cumplimiento y en último lugar estos mandatos ¿no son congruentes¿ con las perspectivas fiscales para el próximo cuatrienio.

Sobre esta objeción, nos permitimos hacer las siguientes observaciones, acogiéndonos a lo dicho por la Corte Constitucional en múltiples sentencias sobre las Leyes de Honores, que plantea la constitucionalidad de la ley basada en sus conceptos, así:

El texto del artículo 2 del proyecto de ley,invita al Gobierno Nacional a concurrir en las obras que plantea el proyecto y la Corte Constitucional ha sido enfática y en reiteradas ocasiones ha dado punto final frente a estas objeciones del gobierno, dejándolas de lado y declarando la exequibilidad de las leyes de honores; veamos primero el texto del artículo del proyecto de...

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