Informe de objeción presidencial al proyecto de ley 012 de 2007 senado 282 de 2007 cámara - 26 de Agosto de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451344294

Informe de objeción presidencial al proyecto de ley 012 de 2007 senado 282 de 2007 cámara

INFORME DE OBJECIÓN PRESIDENCIAL AL PROYECTO DE LEY 012 DE 2007 SENADO, 282 DE 2007 CÁMARApor medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50 años de la desanexión del departamento del Putumayo al departamento de Nariño y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., agosto 20 de 2008

Doctor

EMILIO OTERO DAJUD

Secretario General

Senado de la República

Ciudad.

Respetado doctor Otero:

En atención a la honrosa designación que me hiciera como miembro de la Comisión Accidental creada con el fin de presentar informe sobre las objeciones presidenciales al Proyecto de ley número 282 de 2007 Cámara, 129 de 2007 Senado, por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50 años de la desanexión del departamento del Putumayo al departamento de Nariño y se dictan otras disposiciones, me permito rendir el respectivo informe que a continuación anexo.

Cordialmente,

Juan Carlos Martínez Sinisterra,

Senador.

INFORME DE OBJECIONES PRESIDENCIALES AL PROYECTO DE LEY NUMERO 282 DE 2007 CAMARA, 129 DE 2007 SENADO

por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50 años de la desanexión del departamento del Putumayo al departamento de Nariño y se dictan otras disposiciones.

El Gobierno Nacional en oficio enviado a la Presidencia de la honorable Cámara de Representantes, devolvió al Congreso de la República ¿sin la respectiva sanción presidencial¿ el Proyecto de ley número 282 de 2007 Cámara, 129 de 2007 Senado, por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50 años de la desanexión del departamento del Putumayo al departamento de Nariño y se dictan otras disposiciones, por considerar que ¿el artículo 2° del proyecto adolece de inconstitucionalidad por ser inconsistente con el Marco Fiscal de Mediano Plazo¿.

Al respecto es necesario realizar las siguientes consideraciones con respecto al artículo 2° del proyecto de ley, el cual consagra:

Artículo 2°. A partir de la sanción de esta ley y de conformidad con los artículos 334, 341 y 359 numeral 3 de la Constitución Política, autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación las apropiaciones necesarias que permitan la construcción del bloque de laboratorios para el Instituto Tecnológico del Putumayo (ITP), sede en Mocoa, departamento del Putumayo, Código BPIN 0020-05931-0000, inscrito en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional del Departamento Nacional de Planeación, autorizadas por el...

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