Informe de conciliación al proyecto de ley 037 de 2007 cámara 224 de 2007 senado - 26 de Agosto de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451344258

Informe de conciliación al proyecto de ley 037 de 2007 cámara 224 de 2007 senado

INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY 037 DE 2007 CÁMARA, 224 DE 2007 SENADOpor medio de la cual se instaura en el territorio nacional la aplicación del Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros, y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., 20 de agosto de 2008

Doctores:

HERNAN ANDRADE SERRANO

Presidente Senado de la República

GERMAN VARON COTRINO

Presidente Cámara de Representantes

Ciudad

Apreciados Presidentes:

De acuerdo a la designación hecha por las Mesas Directivas del honorable Senado de la República y de la honorable Cámara de Representantes, los suscritos nos permitimos rendir el presente informe de conciliación alProyecto de ley número 037 de 2007 Cámara, 224 de 2007 Senado,por medio de la cual se instaura en el territorio nacional la aplicación del Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros, y se dictan otras disposiciones, por tal motivo hemos decidido acoger el texto definitivo aprobado en la Plenaria del Senado.

Cordialmente,

Juan Carlos Valencia M., Representante a la Cámara; Mauricio Jaramillo Martínez, Senador.

TEXTO DEFINITIVO AL PROYECTO DE LEY NUMERO 037 DE 2007 CAMARA, 224 DE 2007 SENADO

por medio de la cual se instaura en el Territorio Nacional la aplicación del Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Disposiciones Generales

Artículo 1°. Objeto. La finalidad de la presente ley es crear e implementar el Comparendo Ambiental como instrumento de cultura ciudadana, sobre el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros, previendo la afectación del medio ambiente y la salud pública, mediante sanciones pedagógicas y económicas a todas aquellas personas naturales o jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos sólidos; así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas ambientalistas.

Artículo 2°. Breviario de términos. Con el fin de facilitar la comprensión de esta ley, se dan las siguientes definiciones:

  1. Residuo sólido. Todo tipo de material, orgánico o inorgánico, y de naturaleza compacta, que ha sido desechado luego de consumir su parte vital.

  2. Residuo sólido recuperable. Todo tipo de residuo sólido al que, mediante un debido tratamiento, se le puede devolver su utilidad original u otras utilidades.

  3. Residuo sólido orgánico. Todo tipo de residuo, originado a partir de un ser compuesto de órganos naturales.

  4. Residuo sólido inorgánico. Todo tipo de residuo sólido, originado a partir de un objeto artificial creado por el hombre.

  5. Separación en la fuente. Acción de separar los residuos sólidos orgánicos y los inorgánicos, desde el sitio donde estos se producen.

  6. Reciclar. Proceso por medio del cual a un residuo sólido se le recuperan su forma y utilidad original, u otras.

  7. Sitio de disposición final. Lugar, técnica y ambientalmente acondicionado, donde se deposita la basura. A este sitio se le denomina Relleno Sanitario.

  8. Lixiviado. Sustancia líquida, de color amarillo y naturaleza ácida que supura la basura o residuo orgánico, como uno de los productos derivados de su descomposición.

  9. Escombro. Todo tipo de residuo sólido, resultante de demoliciones, reparación de inmuebles o construcción de obras civiles; es decir, los sobrantes de cualquier acción que se ejerza en las estructuras urbanas.

  10. Escombrera. Lugar, técnica y ambientalmente acondicionado para depositar escombros.

  11. Espacio público. Todo lugar del cual hace uso la comunidad.

  12. Medio ambiente. Interrelación que se establece entre el hombre y su entorno, sea este de carácter natural o artificial.

    Artículo 3°. Breviario de leyes y normas. Las siguientes leyes y códigos, relacionados con el buen manejo de la basura y escombros por parte de la comunidad, y cuyo efectivo cumplimiento se logrará por medio de la aplicación del Comparendo Ambiental, son:

    ¿ Ley 142 de 1994, sobre Servicios Públicos Domiciliarios.

    ¿ Ley 286 de julio de 1996, con la cual se modifican las Leyes 142 y 143 de 1994.

    ¿ Decreto 548 de marzo de 1995, por la cual se compilan las funciones de la Superintendencia de Servicios Públicos.

    ¿ Decreto 605 de 1996, sobre prohibiciones y sanciones relativas al servicio público de aseo. Artículos 104, 105, 106, 107.

    ¿ Acuerdo 14 de 2001, artículo 5°, donde se establece la citación ambiental a los usuarios por conductas sancionables, respecto al mal uso del...

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