Informe de conciliación al proyecto de ley 129 de 2005 senado 285 de 2006 cámara - 17 de Abril de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451323222

Informe de conciliación al proyecto de ley 129 de 2005 senado 285 de 2006 cámara

INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY 129 DE 2005 SENADO, 285 DE 2006 CÁMARApor medio de la cual se aprueba el \"Convenio de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República de Chile\", suscrito en Santiago, a los nueve (9) días del mes de diciembre del año dos mil tres (2003).

Doctora

DILIAN FRANCISCA TORO

Presidenta

Honorable Senado de la República

Doctor

ALFREDO CUELLO BAUTE

Presidente

Honorable Cámara de Representantes.

Referencia: Informe de Conciliación al Proyecto de ley número 129 de 2005 Senado, 285 de 2006 Cámara.

En cumplimiento de la designación que las respectivas Mesas Directivas del Senado y la Cámara de Representantes hicieran en los suscritos, con el fin de conciliar los textos aprobados por la Plenaria de cada una de las Corporaciones del Proyecto de ley número 129 de 2005 Senado, 285 de 2006 Cámara, por medio de la cual se aprueba el Convenio de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República de Chile¿, suscrito en Santiago, a los nueve (9) días del mes de diciembre del año dos mil tres (2003), presentamos en los siguientes términos el informe de conciliación:

Antecedentes

Los Gobiernos de Colombia y Chile, con el fin de fortalecer los lazos de amistad que históricamente han mantenido, y con el propósito de enfrentar los retos que impone el fenómeno de la globalización en los campos de la ciencia y la tecnología, del comercio y turismo, de las migraciones laborales, de la salud y la seguridad social, entres otros temas, han venido adoptando distintos instrumentos internacionales que permitan el logro de tales objetivos.

Un tema de particular importancia para los dos países es el de la seguridad social y la salud, especialmente el reconocimiento de las pensiones para los colombianos vinculados laboralmente en Chile y los chilenos en Colombia, o para aquellos independientes que hagan aportes a los sistemas pensionales de cada país, y que en tal sentido puedan acceder a dichos beneficios en los que se tenga en cuenta y reconozca el período de cotización y los aportes que hayan tenido ocurrencia en uno y otro sistema.

Por lo anterior, los Gobiernos colombiano y chileno suscribieron el presente...

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