Informe de conciliación al proyecto de ley 331 de 2008 senado 261 de 2008 cámara
INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY 331 DE 2008 SENADO, 261 DE 2008 CÁMARApor la cual se autoriza la emisión de la estampilla prodesarrollo de la Universidad de la Amazonia
Bogotá, D. C., 1° de abril de 2009
Doctores:
HERNAN ANDRADE SERRANO
Presidente Senado de la República
GERMAN VARON COTRINO
Presidente Cámara de Representantes
Congreso de la República
Ciudad
Referencia: Informe de Conciliación al Proyecto de ley número 331 de 2008 Senado, 261 de 2008 Cámara, por la cual se autoriza la emisión de la estampilla prodesarrollo de la Universidad de la Amazonia.
De acuerdo con la designación efectuada por las Presidencias del Senado de la República y la Cámara de Representantes y de conformidad con lo establecido en los artículos 161 de la Constitución Política y 186 de la Ley 5ª de 1992 (Reglamento del Congreso), los suscritos Senadora y Representante, integrantes de la Comisión Accidental de Conciliación, nos permitimos someter por su conducto a consideración de las plenarias del Senado de la República y Cámara de Representantes, para continuar su trámite correspondiente, el texto conciliado del proyecto de ley de la referencia, dirimiendo de esta manera las discrepancias existentes entre los textos aprobados por las respectivas sesiones plenarias realizadas el 18 de Junio de 2008 en Cámara y el 25 de marzo de 2009 en Senado.
Luego de un análisis detallado de los textos, cuya aprobación por las respectivas plenarias presenta diferencias, hemos acordado acoger en su totalidad el texto aprobado por la plenaria del Senado de la República.
El texto discutido y aprobado por el Senado de la República, ajustó la redacción del articulado con mayor claridad pero manteniendo el mismo espíritu del proyecto de ley con que fue aprobado en la plenaria de la Cámara de Representantes.
TEXTO CONCILIADO AL PROYECTO DE LEY NUMERO 331 DE 2008 SENADO, 261 DE 2008 CAMARA
por la cual se autoriza la emisión de la estampilla prodesarrollo de la Universidad de la Amazonia.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Créase la estampilla ¿Prodesarrollo Universidad de la Amazonia¿.
Artículo 2º. Autorízase a las Asambleas de los Departamentos de Caquetá, Putumayo, Amazonas, Guainía, Guaviare y Vaupés, para que ordenen la emisión de la estampilla ¿Prodesarrollo Universidad de la Amazonia.¿
Artículo 3º. Distribución. Lo recaudado por la emisión de la estampilla ¿Pro-Universidad de la Amazonia¿ se destinará al mantenimiento y/o ampliación de la planta física...
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