Informe Subcomisión al Proyecto de Ley 256 de 2016 Cámara, 99 de 2014 Senado - 16 de Junio de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 642837605

Informe Subcomisión al Proyecto de Ley 256 de 2016 Cámara, 99 de 2014 Senado

INFORME SUBCOMISIÓN AL ARTICULADO DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 99 DE 2014 SENADO, ACUMULADO NÚMERO 145 DE 2015 SENADO 256 DE 2016 CÁMARA por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Bogotá, D. C., junio 16 de 2016

Honorable Representante

ALFREDO DELUQUE

Presidente

Ciudad

Asunto: Informe Subcomisión al articulado del Proyecto de ley número 99 de 2014 Senado, acumulado número 145 de 2015 Senado 256 de 2016 Cámara, por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia.

Respetado señor Presidente:

Conforme con la designación del 15 de junio de 2016, la Subcomisión al articulado del Proyecto de ley número 99 de 2014 Senado, acumulado con el número 145 de 2015 Senado 256 de 2016 Cámara, por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia, se reunió el día 15 de junio de 2016 y, como resultado de ese trabajo, presenta a continuación su informe en los siguientes términos:

1. ARTÍCULOS APROBADOS EN LA SESIÓN DEL DÍA MIERCOLES 15 DE JUNIO DE 2016:

1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 45, 46, 49, 50, 54, 56, 59, 64, 65, 66, 67, 68, 70, 71, 72, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 89, 91, 97, 99, 107, 108, 109, 118, 124, 129, 130, 132, 136, 137, 140, 141, 142, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 153, 154, 156, 158, 160, 161, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, 172, 175, 176, 177, 178, 179, 181, 182, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 203, 208, 211, 212, 213, 214, 216, 218, 219, 221, 222, 224, 225, 226, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 23 4, 237, 238, 239.

2. NO APROBADOS EN LA SESIÓN DEL DÍA MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2016:

35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 47, 48, 51, 52, 53, 55, 57, 58, 60, 61, 62, 63, 69, 75, 86, 87, 88, 90, 92, 93, 94, 95, 96, 98, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 119, 120, 121, 122, 123, 125, 126, 127, 128, 131, 133, 134, 135, 138, 139, 143, 144, 145, 152, 155, 157, 159, 162, 163, 164, 173, 174, 180, 183, 184, 192, 201, 202, 204, 205, 206, 207, 209, 210, 215, 217, 220, 223, 227, 235, 236, 240, 241, 242.

3. NÚMERO DE ARTÍCULOS APROBADOS Y NO APROBADOS:

APROBADOS: 144

NO APROBADOS: 98

4. SOBRE LOS ARTÍCULOS NO APROBADOS A LA FECHA:

¿ Artículo 35:

Con respecto a este artículo, hay dos proposiciones radicadas: una del Representante Alirio Uribe, en el sentido de suprimir la expresión ¿desafiar¿, que no se acoje. Por su parte la proposición del Representante Óscar Ospina no se adopta literalmente; la Subcomisión propone un texto que consulta dicho propósito que es el siguiente:

Parágrafo 4º. La Policía definirá mecanismos mediante los cuales un ciudadano puede corrobar que quien lo aborda para un procedimiento policial efectivamente pertenece a la institución.

¿ Artículo 36:

Con respecto a este artículo, se presentó una proposición de eliminación que ya fue negada. Por su parte, se presenta una proposición por la Representante Esperanza Rincón de Jiménez avalada por la Subcomisión que agrega la expresión en el parágrafo ¿y del Ministerio Público¿, generando así mayores garantías en la implementación de estas medidas.

El texto propuesto es el siguiente:

Artículo 36. Facultades de los alcaldes para la restricción de la movilidad o permanencia de niños, niñas y adolescentes en el espacio público o en lugares abiertos al público . Con el fin de prevenir la ocurrencia de eventos que puedan poner en peligro o afectar la vida, la integridad o la sal ud de los niños, niñas y adolescentes, excepcionalmente el alcalde podrá restringir su movilidad o permanencia en el espacio público o en lugares abiertos al público, de manera temporal y en forma motivada.

Parágrafo. En la implementación se contará con el acompañamiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y del Ministerio Público con el fin de determinar que la medida no atenta contra los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en el Código de la Infancia y Adolescencia.

¿ Artículo 37:

Existen 4 proposiciones; una de ellas de la Representante Ángela María Robledo de eliminación del numeral 1 del artículo 37, artículo que no tiene numerales, tema que fue tocado en la sesión anterior y cuya proposición por cierto fue negada en el entendido de que la referencia era con respecto al artículo 34 numeral 1, el cual ya fue aprobado.

De otro lado, la Representante Sandra Liliana Ortiz presenta dos proposiciones aditivas, pero estas no corresponden al contenido de este artículo pues este no tiene parágrafos.

Finalmente, el Representante Alirio Uribe propone eliminar el artículo, proposición esta que no es acogida por la Subcomisión dado que la norma lo que pretende es exigir al alcalde una motivación especial en sus actuaciones que no siempre es requerida en función de la protección de los niños, niñas y adolescentes.

¿ Artículo 38:

Tiene 10 proposiciones.

El Representante Óscar Ospina pretende adicionar la expresión ¿cigarrillo, tabaco y sus derivados¿ en el literal e) del numeral 1, literal b) del numeral 5, literal a) del numeral 6 y la expresión ¿inducir a la explotación laboral¿ con un nuevo literal, el d) del 6.

Las tres primeras sugerencias se acogen y la última se reformula para que no quede redundante dado que el enunciado del numeral 6 utiliza justamente la palabra ¿inducir¿.

Así las cosas el literal d) del numeral 6 quedaría: ¿inducir a niños, niñas o adolescentes a: (¿) d) explotación laboral¿.

El Representante Alirio Uribe propone eliminar los numerales 9 y 12, comportamientos que la subcomisión considera deben permanecer en la norma en procura de la armonía y la convivencia, y del respeto por bienes de uso público como el mobiliario urbano y las libertades públicas frente a la posibilidad de optar por participar en manifestaciones o propuestas públicas.

El Representante Carlos Abraham Jiménez propone agregar en el literal f) del numeral 1, la expresión ¿localizados¿, quedando el literal así: ¿Se desarrollen juegos de suerte y azar localizados¿, proposición esta que es acogida dado que precisa de una mejor manera el objetivo del comportamiento que se considera afecta la integridad de los niños, niñas y adolescentes.

El Representante Humphrey Roa, formula dos proposiciones; la primera pretendiendo eliminar el literal e) del numeral 1 considerando que las actividades de diversión es un concepto netamente subjetivo, proposición que no se acoge porque, muy por el contrario, expresa una manifestación comportamental típica de las actividades que desarrollan los sujetos referidos en esta disposición. Igualmente pretende eliminar la expresión ¿permitir¿ del numeral 4, propuesta que no es avalada dado que dicho verbo permite describir de manera precisa uno de los comportamientos que justamente aspira el legislador no sean realizados.

La Representante Esperanza Pinzón presentó 5 proposiciones: 4 independientes y una integradora. Propone que en el literal e) del numeral 1, se agregue la expresión ¿y sustancias psicoactivas¿; adicionar un nuevo literal a) frente a material pornográfico; en el literal b) adiciona una restricción a maquinas y juegos de destreza para menores de 14 años y en el parágrafo 8º modifica la palabra ¿que incurra nuevamente¿ por ¿reincida¿. De estas proposiciones, la Subcomisión acepta incluir ¿sustancias psicoativas¿ y agregar la palabra ¿reincidan¿, las cuales complementan o ratifican el sentido del artículo. Las demás modificaciones no se incorporan dado que las restricciones allí previstas atentan contra el libre desarrollo de la personalidad.

¿ Artículo 39:

Con respecto a la proposición del Representante Alirio Uribe, que pretende eliminar el parágrafo 3° no se avala por cuanto se considera que así como los alcaldes mun icipales tienen responsabilidades también deben contar con herramientas para garantizar los derechos y libertades de los ciudadanos. Por tal motivo no resulta desproporcionado que cuenten con la competencia para determinar los sitios a los que pueden ser trasladadas las personas que incurran en esta prohibición. Con respecto a lo que propone en relacion con el Paragrafo 4 se acepta unicamente lo relativo a la supresión de la expresión ¿permitir¿, no asi la expresión final que supedita la potestad del Alcalde a una calificación de riesgo inminente para los niños, niñas y adolescentes.

La Representante Ángela María Robledo, hace relación a la eliminación del artículo 39 pero el contenido del artículo que sugiere eliminar es distinto al artículo que aparece en la ponencia, por lo cual no se acoge dicha proposición.

La Representante Esperanza Pinzón propone adicionar el numeral 1 con la expresión ¿alcóholicas¿, proposición que es aceptada. En relación con el parágrafo 1° propuesto por la Representante se acoge en su escencia pero adoptando el texto que ya en otra proposición se habia propuesto por la subcomisión quedando el parágrafo así y dándole trámite, de paso, a la proposición suscrita por el Representante Carlos Edward Osorio:

Parágrafo 4°. El Alcalde podrá permitir o restringir las circunstancias en las que los niños, niñas y adolescentes podrán participar en manifestaciones públicas.

¿ Artículo 40

Tiene 4 proposiciones presentadas por los Representantes Álvaro Hernán Prada, Óscar Ospina, Nicolás Albeiro Echeverri, Carlos Abraham Jiménez con Carlos Edward Osorio.

Se avalan las proposiciones de los Representantes Álvaro Hernán Prada y Carlos Abraham Jiménez en conjunto con el Representante Carlos Edward Osorio. Las otras dos proposiciones no se avalan: la del Representante Nicolás Albeiro Echeverry, porque el maltrato no es permitido en ningún lugar; y la del Representante Óscar Ospina porque plantea eliminar unos artículos que irían en contra del fundamento del artículo. Quedaría asi:

Artículo 40. Comportamientos que afectan a los grupos...

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