Informes al Congreso del Ministerio del Trabajo, (Memoria (Convenio número 174, Prevención de accidentes industriales mayores, 1993) - 19 de Abril de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 930873107

Informes al Congreso del Ministerio del Trabajo, (Memoria (Convenio número 174, Prevención de accidentes industriales mayores, 1993)

Fecha de publicación19 Abril 2023
Número de Gaceta350
Gaceta del Congreso 350 Miércoles, 19 de abril de 2023 Página 25
INFORMES AL CONGRESO DEL MINISTERIO DEL TRABAJO
(Memoria (Convenio número 174, Prevención de accidentes industriales mayores, 1993)
Memoria
Presentada por el Gobierno de Colombia de conformidad con las disposiciones del artículo 22 de la
Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, correspondiente al periodo comprendido
del 1° de julio de2018 al 30 de junio de 2022, acerca de las medidas adoptadas para dar efectividad
a las disposiciones del
CONVENIO No. 174, SOBRE LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES INDUSTRIALES MAYORES, 1993
(Ratificación: Ley 320 de 1996)
CONTEXTO
CO
Teniendo en cuenta que para el Gobierno es fundamental el dialogo social y la concertación, se acordó el
pasado 24 de agosto en la reunión celebrada en el marco de la subcomisión de asuntos internacionales con
los gremios de la producción ANDI, ACOPI, SAC y las centrales obreras CUT, CTC y CGT una agenda de
trabajo conjunto para presentar los informes ante la Organización Internacional del Trabajo.
En este sentido y dado que nuestro Gobierno entiende que el cumplimiento de la obligación fundamental de
los Estados Miembros en virtud de la Constitución de la OIT de presentar las memorias no constituye un
asunto que haya de ser tomado a la ligera, presentamos la memoria del presente convenio incluyendo un
contexto sobre la realidad del país, los avances alcanzados, las observaciones de los actores sociales, los
retos que tenemos y un marco de alternativas para avanzar conjuntamente en posibles soluciones.
Cada uno de los actores tripartitos, empresarios y sindicatos han puesto todo su empeño para avanzar en la
construcción unificada de las presentes memorias:
APLICACIÓN DEL CONVENIO 174
La adopción del Programa de Prevención de Accidentes Mayores establece el punto de partida para el
desarrollo progresivo de una regulación específica y técnica sobre la prevención de los accidentes mayores;
responde entre otros a la Ley 320 de 1996.
La adopción del Programa de Prevención de Accidentes Mayores establece los lineamientos generales para
que las empresas que manipulen productos químicos peligrosos definan un programa de trabajo para la
prevención de accidentes mayores en industrias de acuerdo a la Resolución 312 de 2019. Finalmente, su
adopción establece que el responsable de la instalación clasificada debe incluir en su Plan de Gestión del
Riesgo de Desastres de las Entidades Públicas y Privadas, cuyas directrices para elaboración las adopta el
Decreto 2157 de 2017, los escenarios de accidente mayor, con el fin de mitigar, reducir o controlar flujos de
peligros sobre elementos vulnerables presentes en la instalación y el entorno.
Así las cosas, el 26 de octubre de 2021, se expide el Decreto 1347, “Por el cual se adiciona el Capítulo 12
al Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector
Trabajo, para adoptar el Programa de Prevención de Accidentes Mayores – PPAM”y tiene por objeto adoptar
el Programa de Prevención de Accidentes Mayores – PPAM, para contribuir a incrementar los niveles de
seguridad de las instalaciones clasificadas de que trata este mismo capítulo, con el fin de proteger los
trabajadores, la población, el ambiente y la infraestructura, mediante la gestión del riesgo.
Las disposiciones del Decreto 1347 se aplican a las personas naturales o jurídicas responsables de
instalaciones clasificadas, que se entienden como aquellas con presencia de sustancias químicas en
cantidades que igualan o superan al menos uno de los umbrales definidos en el Anexo 3 de dicho Decreto
denominado: “Listado de Sustancias Químicas Asociadas a Accidentes Mayores”.
Ahora bien, el Ministerio del Trabajo por medio del Programa de prevención de accidentes mayores (PPAM),
busca contribuir a incrementar los niveles de seguridad de las “instalaciones clasificadas” definidas en el
mismo instrumento normativo y así proteger los trabajadores, la población, el ambiente y la infraestructura,
mediante la gestión del riesgo para fortalecer el Sistema de Inspección, vigilancia y Control respecto al
subsistema de riesgos laborales, lográndose la creación de los grupos de riesgos laborales y la activación
de la comisión nacional de Inspectores de seguridad y salud en el Ttrabajo.
De conformidad, y en atención a la adopción de Formulario para Convenios, por parte del Consejo de
Administración de la OIT, se procede a responder en los siguientes términos:
a) Proporcionar información sobre toda nueva medida legislativa u otras medidas relacionadas con
la aplicación de los convenios ratificados; en caso de no haber sido ya enviada esta documentación,
sírvase remitir copias de los textos pertinentes a la Oficina Internacional del Trabajo junto con esta
memoria.
* Decreto 1496 del 6 de agosto de 2018 “Por el cual se adopta el Sistema Globalmente Armonizado de
Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad
química”.
* Decreto 1347 del 26 de octubre de 2021 “Por el cual se adiciona el Capítulo 12 al Título 4 de la Parte 2 del
Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, para adoptar el Programa
de Prevención de Accidentes Mayores-PPAM”.
* Decreto 1630 del 30 de noviembre de 2021 “Por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015, Único
Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la gestión integral de las
sustancias químicas de uso industrial, incluida su gestión de riesgos, y se toman otras determinaciones”
* Resolución 312 de 2019 Por el cual se definen los estándares mínimos del Sistema de Gestión de la
Seguridad y la Salud en el Trabajo SG-SST.
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* Resolución 773 del 7 de abril de 2021 del Ministerio del Trabajo “Por la cual se definen las acciones que
deben desarrollar los empleadores para la aplicación del Sistema Globalmente Armonizado (SGA) de
Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos en los lugares de trabajo y se dictan otras disposiciones
en materia de seguridad química”
* Plan mercurio 2018-2023. El ministerio del trabajo al interior de su sector y en el marco de sus
competencias, establece el presente plan sectorial de trabajo y adopta como marco para su ejecución
alinearse a las estrategias y objetivos establecidos en el Plan Único Nacional de Mercurio PUNHg versión
2018 (ver tabla 1), teniendo en cuenta que se adoptarán las actividades que estén relacionadas con las
competencias del ministerio del trabajo.
b) Responder a los comentarios que la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y
Recomendaciones o la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia han dirigido a su
Gobierno.
En el Convenio No. 174Sobre LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES INDUSTRIALES MAYORES, los últimos
comentarios de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, fueron adoptados
en 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018) y estos fueron contestados en la Memoria presentada por el
Gobierno en el año 2018 conforme lo solicitado en su momento por la citada Comisión, la cual fue enviada
con oficio remisorio con radicado No. 08SE2018140000000031855, por tanto no hay comentarios pendientes
de responder, como tampoco de la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia.
c) Proporcionar información sobre la aplicación práctica de los correspondientes convenios (por
ejemplo, copias o extractos de documentos oficiales, incluidos informes de inspección, estudios y
encuestas o estadísticas); sírvase indicar, asimismo, si los tribunales ordinarios de justicia u otros
órganos judiciales han dictado resoluciones sobre cuestiones de principio relativas a la aplicación
de los correspondientes convenios. En caso afirmativo, sírvase proporcionar el texto de dichas
resoluciones.
El estado colombiano con la expedición de las normas descritas en el literal a) del presente documentos,
busca definir las acciones que deben desarrollar los empleadores en los lugares de trabajo para la aplicación
del Sistema Globalmente Armonizado (SGA), en relación con la clasificación
y la comunicación de peligros de los productos químicos, a fin de velar por la protección y salud de los
trabajadores, las instalaciones y el ambiente frente al uso y manejo de estos.
Resolución 0312 de 2019 expedidapor el Ministerio del Trabajo establece los Estándares Mínimos que hacen
parte del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales, que son el conjunto
de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento de los empleadores y contratantes,
mediante los cuales se establece, verifica y controla las condiciones básicas de capacidad tecnológica y
científica; de suficiencia patrimonial y financiera; y de capacidad técnico-administrativa, indispensables para
el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades en el Sistema General de Riesgos Laborales.
La mencionada Resolución 0312 de 2019, establece en su artículo 33. Prevención de accidentes en
industrias mayores: las empresas fabricantes, importadoras, distribuidoras, comercializadoras y usuarios de
productos químicos peligrosos, deberán tener un programa de trabajo con actividades, recursos,
responsables, metas e indicadores para la prevención de accidentes en industrias mayores, con la respectiva
clasificación y etiquetado de acuerdo con el Sistema Globalmente Armonizado de
Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos, observando todas su obligaciones al respecto y dando
cumplimiento a la Ley 320 de 1996, Decreto 1496 del 2018 y demás normativa vigente sobre la materia.
Como gran avance en la aplicación del convenio 174 OIT, se expide el Decreto 1347 DE 2021” Por el cual
se adiciona el Capítulo 12 al Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único
Reglamentario del Sector Trabajo, para adoptar el Programa de Prevención de Accidentes Mayores –
PPAM”.
Se han realizado eventos de capacitación en todo el país sobre el SGSST, con el fin de prevenir los
accidentes y enfermedades laborales, los estándares mínimos y las normas de seguridad y salud en el
trabajo. Estas actividades estuvieron dirigidas al fortalecimiento de los empleadores y trabajadores para el
cumplimiento del Sistema de Gestión y los estándares mínimos a través de metodologías de sensibilización
y socialización, con el apoyode los gremios económicos. En el año 2018 se cubrieron 22.789 participantes.
En términos de lo desarrollado durante el 2021 y lo corrido del 2022, se han realizado eventos de
capacitación a empresarios y trabajadores sobre el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
- SGSST, los estándares mínimos y normas de seguridad y salud en el trabajo; se llevaron a cabo 97
eventos en diferentes ciudades del país, durante 2021 a abril del 2022 con un total de 45.373 participantes.
Así mismo se han desarrollado procesos completos de capacitación, sensibilización social, asesoría técnica
y caracterización, con el fin de modificar conocimientos, actitudes y prácticas y lograr un adecuado impacto
en las condiciones de salud y trabajo en los diferentes sectores y actividades con acciones de asesoría a
través de convenios que han sido encaminados a brindar herramientas y capacidades concretas para el
mejoramiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Colombia ha ido avanzando en la gestión de químicos con la adopción del sistema globalmente armonizado
como método para normalizar, armonizar y etiquetar estos productos a nivel internacional y la adopción de
estándares mínimos para la implementación de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo en el
cual se menciona la obligatoriedad de implementar un programa de prevención de accidentes mayores para
las industrias especificadas en la resolución 0312 de 2019, en su artículo 33.

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