Auto número 2525 de 2010, por el cual se inicia la modificación de Licencia Ambiental. - 29 de Mayo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 206120483

Auto número 2525 de 2010, por el cual se inicia la modificación de Licencia Ambiental.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín47724
5
Edición 47.724
Sábado, 29 de mayo de 2010 D I A R I O O F I C I A L
2001 expedida por esta Corporación, en la Cuenta Corriente número 89004426-6
del Banco de Occidente a nombre de la Corporación Autónoma Regional de los
Valles del Sinú y del San Jorge (CVS).
Parágrafo. Una vez cancelado el costo antes señalado, se debe allegar el recibo
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la Corporación, para anexarlo al expediente y continuar con el trámite respectivo.
Artículo 5°. La Sociedad Operadora de Aeropuertos Centro Norte S. A. “Airplan”,
deberá realizar la publicación del mismo, a través de la Imprenta Nacional para lo
cual deberá cancelar los costos en el Banco Agrario y posteriormente remitir a la
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Artículo 6°. El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición. Contra
este no procede recurso, por tratarse de un acto administrativo de trámite de los
previstos en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
El Coordinador Unidad Jurídica Ambiental,
Angel Palomino Herrera.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0629140.
26-II-2010. Valor $30.400.
AUTO NÚMERO 2524 DE 2010
(febrero 24)
por el cual se admite una solicitud de Permiso de Prospección
y Exploración de Aguas Subterráneas.
La Secretaria General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del
Sinú y del San Jorge (CVS), en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el municipio de San Carlos, a través de su representante legal, señor Daniel
Soto Ortiz, solicitó a esta corporación, permiso de prospección y exploración de
aguas subterráneas, para perforar un pozo en la Vereda Arroyo Burgos, perteneciente
a esa entidad territorial.
Que con la solicitud se aportó: Formulario Único Nacional de Solicitud de
Exploración, fotocopia de la cédula de ciudadanía, acta de posesión y constancia
de encontrarse en ejercicio del cargo del señor Alcalde Daniel Narciso Soto Ortiz,
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de la Vereda Arroyo Burgos, municipio de San Carlos, contrato de donación
de bien rural celebrado entre el señor: Luis Miguel Gamero Doria en nombre
y representación de la mencionada Junta de Acción Comunal y el municipio de
San Carlos representado por el señor Daniel Narciso Soto Ortiz, suscrito ante
la Notaría Única del Círculo de San Carlos (Córdoba), contrato de compra-
venta celebrado entre la señora: Carmen Judith Julio Hernández y la Junta de
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encargada Liliana Callejas Otero, manifestando que el municipio de San Carlos
se encuentra en posesión del inmueble en el cual se va a hacer la exploración de
aguas subterráneas.
Que el solicitante presentó información de costos del proyecto por la suma de
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de evaluación de la información para el permiso, según lo establecido en la Ley
633 de 2000 y la Resolución número 0.2001 de diciembre de 2001 expedida por
esta Corporación.
Que la solicitud cumple con las formalidades establecidas en el Decreto 1541
de 1978, por lo que deberá dársele el trámite correspondiente.
Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 99 de 1993 en su artículo 31 nu-
meral 9 la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge
(CVS), tiene facultad para otorgar concesión y por ende para adelantar el trámite
correspondiente para el otorgamiento del permiso.
En mérito de lo expuesto,
DISPONE:
Artículo 1°. Admítase la solicitud de Permiso de Exploración de Aguas Sub-
terráneas presentada por el municipio de San Carlos, a través de su representante
legal, señor Daniel Narciso Soto Ortiz, para perforar un pozo en la vereda Arroyo
Burgos, municipio de San Carlos, departamento de Córdoba, por las razones ex-
puestas en los considerandos del presente auto.
Artículo 2°. Notifíquese el contenido del presente auto al representante legal del
municipio de San Carlos o a su apoderado debidamente constituido, de conformidad
con los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3°. Remítase el expediente a la Subdirección de Gestión Ambiental para
que por su conducto se ordene practicar visita ocular si lo consideran pertinente
según las prescripciones del Decreto 1541 de 1978, se hagan los requerimientos
sobre la información técnica que se requiera, se rinda concepto técnico sobre re-
sultados de la visita y se evalúe la información suministrada por el peticionario.
Artículo 4°. El municipio de San Carlos, departamento de Córdoba, deberá
cancelar a la CVS, la suma equivalente al 0.6% del valor total del proyecto por
concepto de evaluación, lo cual equivale a la suma de sesenta mil pesos ($60.000.00)
moneda legal colombiana, dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria del
presente auto, para poder continuar con el trámite requerido con fundamento en la
Ley 633 de 2000 y la Resolución número 0.2001 de diciembre de 2001 expedida
por esta Corporación, en la Cuenta Corriente número 890-04426-6 del Banco de
Occidente a nombre de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú
y del San Jorge (CVS).
Parágrafo. Una vez cancelado el costo antes señalado, se debe allegar el recibo
fg"eqpukipcek„p"c"nc"QÝekpc"fg"Vguqtgtc"fg"nc"Eqtrqtcek„p"rctc"swg"ug"gzrkfc"gn"
tgekdq"qÝekcn"fg"eclc"{"eqrkc"fgn"okuoq"{"rquvgtkqtogpvg"c"nc"QÝekpc"Lwtfkec"fg"
la Corporación, para anexarlo al expediente y continuar con el trámite respectivo.
Artículo 5°. El municipio de San Carlos, deberá realizar la publicación del
mismo, a través de la Imprenta Nacional, para lo cual deberá cancelar los costos
en el Banco Agrario y posteriormente remitir a la Unidad Jurídica Ambiental copia
fg"nc"Eqpuvcpekc"fg"rciq"rctc"Ýpgu"rgtvkpgpvgu0"
Artículo 6°. El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición y contra
este no procede recurso alguno, por tratarse de un acto administrativo de trámite
de los previstos en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
Comuníquese, notifíquese, publíquese y cúmplase.
El Jefe División Jurídica Ambiental,
Angel Palomino Herrera.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0629158.
04-III-2010. Valor $30.400.
AUTO NÚMERO 2525 DE 2010
(febrero 25)
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El Coordinador de la División de Jurídica Ambiental de la Corporación de los
Valles del Sinú y del San Jorge, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 00.45 de noviembre 21 de 2000 la CVS,
otorgó Licencia Ambiental Ordinaria al establecimiento de comercio Bioresiduos
ubicado en la calle 29 N° 7-43 Montería, representada legalmente por la señora
Amparo Gutiérrez Bonilla.
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licencia ambiental de Bioresiduos, ubicado en la calle 29 N° 7-43 Montería. Lo
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diálisis, sueros, dextrosas, y mangueras de venoclísis para su posterior reciclaje,
Haga sus
solicitudes
vía e-mail
prof_mventas@imprenta.gov.co

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