Edictos emplazatorios Banco Inmobiliario y Fondo de Vivienda de Inter?s Social El Director del Banco Inmobiliario y Fondo de Vivienda de Inter?s Social de Florencia, cita y emplaza a quienes se crean con mayor derecho a la adjudicaci?n del bien inmueble ubicado en la calle 1H N?. 7B-39. - 31 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 405912654

Edictos emplazatorios Banco Inmobiliario y Fondo de Vivienda de Inter?s Social El Director del Banco Inmobiliario y Fondo de Vivienda de Inter?s Social de Florencia, cita y emplaza a quienes se crean con mayor derecho a la adjudicaci?n del bien inmueble ubicado en la calle 1H N?. 7B-39.

EmisorVarios
Número de Boletín46858
Edición 46.858
Lunes 31 de diciembre de 2007 D I A R I O O F I C I A L 137
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acto administrativo, se encontró que estos cupos están próximos a agotarse;
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Personal (NUIP),
RESUELVE:
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(NUIP) de acuerdo con la siguiente tabla:
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ZXW REG VALLE CALI AUXILIAR 5 VIPASA 1151934000 1152183999
Z2R REG ANTIOQUIA MEDELLIN AUXILIAR LA FLORESTA 1152184000 1152433999
Z2H REG ANTIOQUIA MEDELLIN AUXILIAR DE BELEN 1152434000 1152682999
Z2Q REG ANTIOQUIA MEDELLIN AUXILIAR DE CASTILLA 1152683000 1152932999
Z1Y REG MAGDALENA ZONA BANANERA ZONA BANANERA 1152933000 1153182999
K2L REG CHOCO ALTO BAUDO ALTO BAUDO (PIE DE PATO) 1153183000 1153432999
BTM REG CHOCO ALTO BAUDO JORNADA_ALTO BAUDO
(PIE DE PATO) 1153433000 1153442999
BVW REG CORDOBA MONTERIA JORNADA _MONTERIA 1153443000 1153452999
BTK REG CESAR VALLEDUPAR JORNADA_VALLEDUPAR 1153453000 1153462999

 Tipo Depto    
HXK NOT CESAR GAMARRA NOTARIA 1 GAMARRA 1151684000 1151933999
T5Z NOT VALLE CALI NOTARIA 12 CALI 1153713000 1153962999
M3F NOT NARIÑO IPIALES NOTARIA 1 IPIALES 1153963000 1154212999
QYD NOT SANTANDER BUCARAMANGA NOTARIA 1 BUCARAMANGA 1154213000 1154462999
B5M NOT ANTIOQUIA JERICO NOTARIA 1 JERICO 1154463000 1154712999
AXK NOT ANTIOQUIA MEDELLIN NOTARIA 6 MEDELLIN 1154713000 1154962999
W8A NOT VALLE TULUA NOTARIA 2 TULUA 1154963000 1155212999
Consulados
 Tipo Pais   
Y7T CON MEXICO MEXICO 1153463000 1153712999
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registro civil, entrarán en vigencia a partir de la publicación de la presente resolución.
Artículo 3°. Enviar copia de la presente resolución a los Directores Nacionales de
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tradores Municipales del Estado Civil y Notarios, indicados en el artículo primero de esta
resolución.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2007.
El Registrador Nacional del Estado Civil,
Carlos Ariel Sánchez Torres.
El Secretario General,
Carlos Alberto Arias Moncaleano.

Consejo Superior
ACUERDOS
ACUERDO NUMERO 106 DE 2007
(diciembre 23)
por el cual se da cumplimiento a una acción popular.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto-ley 960 de 1970, la Ley 588 de 2000,
2006 y en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 165
del Decreto-ley 960 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Ibagué, mediante providencia del
28 de noviembre de 2007, ordenó levantar la medida cautelar decretada consistente en la
suspensión provisional del proceso de selección de notarios abierto mediante la Convocato-
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resuelva las pretensiones “(...) que en la fase de entrevistas que se realizará a los aspirantes
a ocupar los cargos de notario del país, se abstengan de participar como entrevistadores
y evaluadores, los miembros del Consejo Superior de la Carrera Notarial que ostenten la
calidad de notarios principales y suplentes”.
Decidió asimismo que: “previo a la práctica de las entrevistas el Consejo Superior
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el artículo 321 del C. P. C. deberá darle inmediato cumplimiento y además disponer lo
pertinente con respecto al quórum para decidir en la etapa de entrevista, con miras a no
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Que según el Acuerdo número 05 de 2007 –artículo 1°– el Consejo Superior puede de-
cidir con la asistencia de cuatro de sus miembros “advirtiendo que uno de estos deberá ser
representante de los notarios. Con menos de esta cantidad de miembros podrá únicamente
deliberar. Las votaciones serán públicas y las decisiones se adoptarán por el Consejo en
pleno, por mayoría no inferior a 4 votos (...)”;
Que en Acuerdo número 96 de 2007 se ordenó que los resultados de la prueba de en-
trevista correspondiente a cada círculo notarial, sean revisados y acogidos por el Consejo
Superior, en la medida en que se vayan surtiendo las correspondientes entrevistas;
Que mediante Acuerdo número 103 de 2007 se dieron a conocer los nombres de los
jurados para la práctica de la entrevista, se indicó que los aspirantes al concurso serían
entrevistados por tres (3) de los miembros del Consejo Superior –entrevistadores principa-
les–, previéndose un listado de entrevistadores suplentes “para los eventos en los cuales
haya de llenarse la falta de algunos de ellos, fundadas en impedimentos o recusaciones
que prosperen, en decisiones judiciales, o en las altas responsabilidades inherentes a los
cargos desempeñados por los mismos”;
Que en acatamiento de la providencia del juez popular que excluye a los notarios de la
etapa de entrevistas, se hace necesario establecer un nuevo quórum deliberatorio y deci-
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5 de 2007;
Que ante la prohibición de intervención de los notarios en la etapa de entrevistas, el
Consejo Superior queda conformado con 4 miembros con derecho a voto, por tanto el
quórum decisorio será de 3 miembros;
En mérito de lo expuesto, se
RESUELVE:
Artículo 1°. Dar cumplimiento al auto de 28 de noviembre de 2007 proferido por el
Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Ibagué. En consecuencia para efectos de
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Acuerdo 05 de 2007 el cual quedará así:
  Quórum, votaciones y mayorías. El Consejo Superior podrá decidir
con la asistencia de tres (3) de sus miembros. Con menos de dicha cantidad de miembros
podrá únicamente deliberar. Las votaciones serán públicas y las decisiones se adoptarán
por el Consejo en pleno, por mayoría no inferior a 3 votos. En caso de empate, se repetirá

aparten de la decisión mayoritaria deberán consignar por escrito dentro de los tres (3) días
siguientes a la sesión, los motivos en que fundaren su determinación”.
Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de le fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2007.
El Presidente del Consejo Superior,
Carlos Holguín Sardi,
Ministro del Interior y de Justicia.
La Secretaria Técnica del Consejo Superior,
María Teresa Salamanca Acosta.

Banco Inmobiliario y Fondo de Vivienda de Interés Social
EDICTOS EMPLAZATORIOS
El Director del Banco Inmobiliario y Fondo de Vivienda de Interés Social de Florencia,
en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 5° de la Ley 137 del 24 de diciembre de
1959,
CITA Y EMPLAZA:
A todas y cada una de las personas que se crean con mayor derecho a la adjudicación del
bien inmueble (lote de terreno), ubicado en la siguiente dirección: Calle 1H N°. 7B-39.
Sector urbano: Barrio Tovar Zambrano.

Norte: Nancy Arias Vásquez. Extensión 9.40 metros.
Sur: Armando Martínez Díaz. Extensión 9.45 metros.
Oriente: Miller Losada Gutiérrez. Extensión 5.50 metros.
Occidente: Calle 1H. Extensión 5.75 metros.

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