Instrucción administrativa número 14 de 2016
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro |
Número de Boletín | 50001 |
PARA: Registradores de instrumentos públicos del país DE: Superintendente de Notariado y Registro
TEMA: Correcciones en folios de matrícula inmobiliaria y revisión de documentos para firma
Señores (as) Registradores (ras) de Instrumentos Públicos y Calificadores (ras) del país.
El Decreto 2723 del 29 de diciembre de 2014, dispone en su artículo 4º, el objetivo de la Superintendencia de Notariado y Registro en los siguientes términos: "La Superintendencia de Notariado y Registro tendrá como objetivo la orientación, inspección, vigilanciay control de los servicios públicos que prestan los Notarios y los Registradores de Instrumentos Públicos, la organización, administración, sostenimiento, vigilancia y control de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, con el fin de garantizar la guarda de la fe pública, la seguridad jurídica y administración del servicio público registral inmobiliario, para que estos servicios se desarrollen conforme a la ley y bajo los principios de eficiencia, eficacia y efectividad (negrilla fuera de texto)
En cumplimiento de dicho objetivo, y en aplicación del numeral 19 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, que señala dentro de las funciones del Despacho del Superintendente, la expedición de instrucciones, circulares y otros actos administrativos relacionados con los servicios públicos notarial y registral, se señalan los siguientes lineamientos:
-
PROCESO DE CORRECCIONES EN LOS SISTEMAS SIR Y FOLIO:
Para ORIPS que operan con el aplicativo SIR
-
Para las ORIPS que tengan hasta 50.000 folios, el Registrador debe asumir todos los roles del proceso de correcciones que contemplan dichos sistemas.
-
Para las ORIPS que tengan hasta 300.000 folios, el Registrador y/o Coordinador Jurídico deben asumir los roles de Revisión y Análisis y el de Aprobación, pudiendo asignar a un (1) funcionario el rol de Auxiliar de Correcciones.
-
Para las ORIPS que tengan hasta 900.000 folios, el Registrador y/o Coordinador Jurídico deben asumir los roles de Revisión y Análisis y el de Aprobación, pudiendo asignar a máximo dos (2) funcionarios el rol de Auxiliar de Correcciones.
-
Para las ORIPS que tengan más de 900.000 folios, el Registrador y/o Coordinador Jurídico deben asumir los roles de Revisión y Análisis y el de Aprobación, pudiendo asignar a máximo tres (3) funcionarios el rol de Auxiliar de Correcciones.
Para las ORIPS que operan con Folio Magnético.
-
Para las ORIPS que tengan hasta 50.000 folios, el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba