Instrucción administrativa número 14 de 2016 - 19 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649449725

Instrucción administrativa número 14 de 2016

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín50001

PARA: Registradores de instrumentos públicos del país DE: Superintendente de Notariado y Registro

TEMA: Correcciones en folios de matrícula inmobiliaria y revisión de documentos para firma

Señores (as) Registradores (ras) de Instrumentos Públicos y Calificadores (ras) del país.

El Decreto 2723 del 29 de diciembre de 2014, dispone en su artículo 4º, el objetivo de la Superintendencia de Notariado y Registro en los siguientes términos: "La Superintendencia de Notariado y Registro tendrá como objetivo la orientación, inspección, vigilanciay control de los servicios públicos que prestan los Notarios y los Registradores de Instrumentos Públicos, la organización, administración, sostenimiento, vigilancia y control de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, con el fin de garantizar la guarda de la fe pública, la seguridad jurídica y administración del servicio público registral inmobiliario, para que estos servicios se desarrollen conforme a la ley y bajo los principios de eficiencia, eficacia y efectividad (negrilla fuera de texto)

En cumplimiento de dicho objetivo, y en aplicación del numeral 19 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, que señala dentro de las funciones del Despacho del Superintendente, la expedición de instrucciones, circulares y otros actos administrativos relacionados con los servicios públicos notarial y registral, se señalan los siguientes lineamientos:

  1. PROCESO DE CORRECCIONES EN LOS SISTEMAS SIR Y FOLIO:

Para ORIPS que operan con el aplicativo SIR

  1. Para las ORIPS que tengan hasta 50.000 folios, el Registrador debe asumir todos los roles del proceso de correcciones que contemplan dichos sistemas.

  2. Para las ORIPS que tengan hasta 300.000 folios, el Registrador y/o Coordinador Jurídico deben asumir los roles de Revisión y Análisis y el de Aprobación, pudiendo asignar a un (1) funcionario el rol de Auxiliar de Correcciones.

  3. Para las ORIPS que tengan hasta 900.000 folios, el Registrador y/o Coordinador Jurídico deben asumir los roles de Revisión y Análisis y el de Aprobación, pudiendo asignar a máximo dos (2) funcionarios el rol de Auxiliar de Correcciones.

  4. Para las ORIPS que tengan más de 900.000 folios, el Registrador y/o Coordinador Jurídico deben asumir los roles de Revisión y Análisis y el de Aprobación, pudiendo asignar a máximo tres (3) funcionarios el rol de Auxiliar de Correcciones.

    Para las ORIPS que operan con Folio Magnético.

  5. Para las ORIPS que tengan hasta 50.000 folios, el...

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