Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Norte Auto número 000015 de 2010, por el cual se inicia una actuación administrativa. - 8 de Junio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 207502963

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Norte Auto número 000015 de 2010, por el cual se inicia una actuación administrativa.

EmisorVarios
Número de Boletín47734

de la Seccional de Ramiriqui, Boyaca RESOLUCION NUMERO 046 DE 2010 Que de conformidad con lo previsto en el articulo 82 del Decreto-ley 1250/70 el folio matricula inmobiliaria debe exhibir en todo momento la real situacion juridica del respectivo bien.

Que revisada y analizada juridicamente la tradicion de los Folios de Matriculas Inmobiliarias numeros 090-0048344, 090-0048346, 090-0048347, 090-0048349, 090- 0048351 090-0048352, sobre los derechos enajenados por Jorge Eduardo Bohorquez Caro, Ivo Bohorquez Caro, Jose Nelson Bohorquez Caro, Ana Delia Bohorquez Caro, Hector Bohorquez, Tito Bohorquez Caro, Gloria Bohorquez Caro y Jose Carlos Bohorquez Caro, quienes dieron poder especial amplio y suficiente al doctor Jose Silverio Ramos Sanabria para que realizara el otorgamiento de la Escritura 478 de fecha 09/04/2008 de la Notaria Primera de Ramiriqui, a favor de Rolfe Sanabria Vargas, Naturaleza Juridica, Falsa Tradicion, Compraventa, Derechos y acciones por sus finados padres Jose Bohorquez y Carmen Caro, lo adquirido por Escritura 333/63, registrada en el Folio de Matricula Inmobiliaria numero 090-0048349;

lo adquirido por Escritura 484/1966, registrada en la Matricula 090-48344;

y los demas derechos fueron adquiridos por herencia de Carmen Caro y ella por herencia de su finado padre Felix Caro, quien a la vez adquirio por Escritura 268/1939 registrada en el Folio 090-48352;

lo adquirido por Escritura 761/27, registrada en la Matricula numero 090-48347;

lo adquirido por Escritura 363/1916, registrada en la Matricula numero 09048346 y lo adquirido por Escritura 725/1929, registrada en el Folio de Matricula Inmobiliaria numero 090-0048351, todos estos derechos registrados en cada uno de los folios anteriormente citados con el Codigo 0607.

Una vez estudiado los Folios de Matricula Inmobiliaria anteriormente citados, efectivamente en cada uno se encuentra el Registro de la Escritura 478 de fecha 09/04/2008, observandose en esta forma que por error involuntario en su epoca esta oficina le dio tramite registro a la Escritura 478/2008, con Radicacion Interna numero 2008-993 de fecha 21/04/2008 y Recibo de Caja 19980750, omitiendose su analisis minucioso y encontrandose en la actualidad que dicho documento no cumple con lo reglamentado en el Decreto 960/1970 por cuanto tan solo se encuentra con excepcion, extension, otorgamiento pero SIN autorizacion del Notario que en su epoca ejercia el derecho el doctor Orlando Efren Cuervo Pinzon, esclareciendose que dicho acto no tiene validez y por su efecto seria juridicamente un registro Nulo, por no estar autorizada del Notario que ejercia en su epoca, a pesar de que el sello de expedicion de copia se encuentre debidamente diligenciado, por lo tanto se debe anular dicho registro de la Escritura 478/2008 en los Folios de Matricula Inmobiliaria numeros 090-0048344, 090-0048346, 090-0048347, 090-0048349, 090-0048351 y 090-0048352.

Por lo anterior se determino por esta Seccional Anular dicha Anotacion en los folios anteriormente citados, con el fin de corregir el error involuntario ocurrido en su epoca al registrarse la Escritura numero 478 de fecha 09/04/2008 de la Notaria Primera de Ramiriqui, registrada el 21/04/2008, Compraventa de: Jorge Eduardo Bohorquez Caro, Ivo Bohorquez Caro, Jose Nelson Bohorquez Caro, Ana Delia Bohorquez Caro, Hector Bohorquez, Tito Bohorquez Caro, Gloria Bohorquez Caro y Jose Carlos Bohorquez Caro, a favor de Rolfe Sanabria Vargas, Naturaleza Juridica, Falsa Tradicion, Compraventa, Derechos y acciones por sus finados padres Jose Bohorquez y Carmen Caro, lo adquirido por Escritura 333/63, registrada en el Folio de Matricula Inmobiliaria numero 090-0048349;

lo adquirido por Escritura 484/1966, registrada en la Matricula 090-48344;

y los demas derechos fueron adquiridos por herencia de Carmen Caro y ella por herencia de su finado padre Felix Caro, quien a la vez adquirio por Escritura 268/1939 registrada en el Folio 090-48352;

lo adquirido por Escritura 761/27, registrada en la Matricula numero 090-48347;

lo adquirido Escritura 363/1916, registrada en la Matricula numero 090-48346 y lo adquirido por Escritura 725/1929, registrada en el Folio de Matricula Inmobiliaria numero 090-004835l, todos estos derechos registrados en cada uno de los folios anteriormente citados con el LICITACION PUBLICA NUMERO L-ADC-OC-006-2010 Plan Departamental de Agua y Saneamiento Aguas de Cordoba S. A. E.S.P.

LICITACION PUBLICA NUMERO L-ADC-OC-006-10 La Empresa Aguas de Cordoba S.A E.S.P., de conformidad con lo dispuesto por el articulo 30 de la Ley 80 de 1993, numeral 3, informa que se adelantara el proceso de licitacion publica que reune las siguientes caracteristicas generales: AGUAS DE CORDOBA S.A. E.S.P.

Licitacion Publica numero L-ADC-OC-006-10 FECHA APROXIMADA DE APERTURA:

Junio 23 de 2010 FECHA...

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