MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA Decreto número 4262 de 2010, por el cual se declara insubsistente el nombramiento de un Notario designado en propiedad y se efectúa el nombramiento de un Notario en Propiedad, en el Círculo Notarial de Medellín - 12 de Noviembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 228256247

MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA Decreto número 4262 de 2010, por el cual se declara insubsistente el nombramiento de un Notario designado en propiedad y se efectúa el nombramiento de un Notario en Propiedad, en el Círculo Notarial de Medellín

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín47891

, y por lo tanto no existen saldos apropiables para atender la situacion antes descrita;

Que los gastos asi solicitados, fueron calificados de excepcional urgencia por el Presidente de la Republica y el Consejo de Ministros, en sesion del 28 de octubre de 2010, segun constancia expedida por el Secretario del Consejo de Ministros, RESUELVE:

Articulo 1° Efectuar el siguiente traslado en el Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2010.

CONTRACREDITO SECCION 1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 1301 01 GESTION GENERAL CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES SUBCUENTA 6 OTRAS TRANSFERENCIAS OBJETO DEL GASTO 2 FONDO DE COMPENSACION INTERMINISTERIAL ORDINAL 1 FONDO DE COMPENSACION INTERMINISTERIAL RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 27.000.000.000 TOTAL CONTRACREDITO 27.000.000.000 Articulo 2°. Con base en el contracredito de que trata el articulo anterior, abranse los siguientes creditos en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 2010.

CREDITO SECCION 3701 MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA UNIDAD 3701 01 GESTION GENERAL CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES SUBCUENTA 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO OBJETO DEL GASTO 1 ORDEN NACIONAL ORDINAL 5 ATENCION DE DESASTRES Y EMERGENCIAS EN EL TERRITORIO NACIONALFONDO NACIONAL DE CALAMIDADES -SNPAD RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 27.000.000.000 TOTAL CREDITO 27.000.000.000 Articulo 3°. Vigencia. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 9 de noviembre de 2010.

El Ministro de Hacienda y Credito Publico, Juan Carlos Echeverry Garzon.

(C. F.) Ministerio de relaciones exteriores RESOLUCION NUMERO 4914 DE 2010 La Ministra de Relaciones Exteriores, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y especialmente las conferidas por el articulo 61 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo de los numerales 4, 11 y 13 del articulo 6º del Decreto 3355 de 2009, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el articulo 6º del Decreto 1151 de 2008, el Programa Agenda de Conectividad del Ministerio de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones como lider y responsable de coordinar la implementacion de la Estrategia de Gobierno en Linea, debe elaborar un Manual para la implementacion de la Estrategia del Gobierno en Linea, con el fin de definir las politicas y estandares del programa, y facilitar su adopcion por parte de las entidades.

Viernes, 12 de noviembre de 2010 3 Que de acuerdo con el articulo 7º del Decreto 1151 de 2008 los lineamientos establecidos en el Manual para la implementacion de la Estrategia de Gobierno en Linea son de obligatorio cumplimiento por parte de las Entidades que conforman la Administracion Publica.

Que el Programa Agenda de Conectividad del Ministerio de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones, elaboro y publico el Manual para la implementacion de la Estrategia de Gobierno en Linea en el mes de mayo de 2008, señalando como accion de preparacion preliminar para la implementacion de la Estrategia Gobierno en Linea, la creacion del Comite de Gobierno en Linea, en cada entidad.

Que mediante la Resolucion 316 del 26 de enero de 2009 se creo el Comite de Gobierno en Linea del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, en cumplimiento a lo establecido por el articulo 7º del Decreto 1151 de 2008 y el Manual para la Implementacion de la Estrategia de Gobierno en Linea, omitiendo la designacion del Secretario Tecnico del Comite para facilitar la convocatoria a las sesiones, la asignacion de sus funciones, y creando un grupo de trabajo adicional, que operativamente no se evidencia necesario.

nea Que mediante el Decreto 3355 de septiembre 7 de 2009 se modifico la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en consecuencia, se hace necesario actualizar la conformacion del Comite de Gobierno en Linea del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, asi como reglamentar las sesiones y el funcionamiento del mismo.

la Que recientemente se expidio la segunda version del Manual para la Implementacion de la Estrategia de Gobierno en Linea - version 2010 - dirigido a lograr la efectividad de las necesidades y expectativas de los ciudadanos, de los empresarios y los servidores publicos, que ademas incorpora la modernizacion estatal y la politica de racionalizacion de tramites. Que el precitado Manual señala que el Representante Legal de la entidad o a quien este haya delegado facultades para tal, debera ordenar la creacion del Comite de Gobierno en Linea y Antitramites de la Entidad, especificando los objetivos del Comite, los miembros que lo integran y sus funciones.

Conforme lo anterior, RESUELVE:

Articulo 1° Crease el Comite de Gobierno en Linea y Antitramites del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio.
Articulo 2°

El objetivo del Comite de Gobierno en Linea y Antitramites del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, es el de garantizar la adecuada en implementacion de la Estrategia de Gobierno en Linea, de manera que contribuya con la construccion de un Estado mas eficiente, mas transparente, mas participativo y que preste mejores servicios a los ciudadanos y empresas mediante el aprovechamiento de las Tecnologias de la Informacion y la Comunicacion.

Articulo 3° El Comite de Gobierno en Linea y Antitramites del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio estara integrado por: 1

El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

  1. El Viceministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

  2. El Viceministro de Asuntos Multilaterales o su delegado.

  3. El Secretario General o su delegado.

  4. El Director de Protocolo o su delegado.

  5. El Director de Asuntos Juridicos Internacionales o su delegado.

  6. El Director de la Academia Diplomatica o su delegado.

  7. El Director de Soberania Territorial y Desarrollo Fronterizo o su delegado.

  8. El Director de Europa o su delegado.

  9. El Director de America o su delegado.

  10. El Director Asia, Africa y Oceania o su delegado.

  11. El Director de Cooperacion Internacional o su delegado.

  12. El Director de Asuntos Politicos o su delegado.

  13. El Director de Asuntos Economicos, Sociales y Ambientales o su delegado.

  14. El Director de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario o su delegado.

  15. El Director de Asuntos Culturales o su delegado.

  16. El Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano o su delegado.

  17. El Director de Talento Humano o su delegado.

  18. El Director Administrativo y Financiero o su delegado.

  19. El Director de Gestion de Informacion y Tecnologia o su delegado.

  20. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeacion y Desarrollo Organizacional o su delegado 22. El Coordinador de Prensa o su delegado. 23. El Coordinador de Comunicaciones Internas y Externas o quien haga sus veces o su delegado.

El Jefe de la Oficina Asesora Juridica Interna o su delegado, del nivel asesor, el Coordinador de la Oficina de Control Interno de Gestion o su delegado, del nivel asesor, seran invitados permanentes.

Paragrafo 1°. Los funcionarios delegados por los integrantes del Comite de Gobierno en Linea y Antitramites, deberan ser del nivel directivo o asesor.

Paragrafo 2°. El Comite sera presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado, quien sera el lider de la Estrategia de Gobierno en Linea del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio.

Paragrafo 3°. Las reuniones del Comite de Gobierno en Linea y Antitramites seran convocadas por el lider de Gobierno en Linea, al menos una...

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