Resolución número 00427 de 2014, por la cual se adopta el Sistema Integrado de Gestión, (SIG) de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, se asignan funciones al Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, se modifica la Resolución número 00338 de 2013 y se dictan otras disposiciones - 26 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 536027266

Resolución número 00427 de 2014, por la cual se adopta el Sistema Integrado de Gestión, (SIG) de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, se asignan funciones al Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, se modifica la Resolución número 00338 de 2013 y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial
Número de Boletín49286

El Director General de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 22 del artículo del Decreto número 4161 de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 4161 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial cuyo objetivo conforme al artículo 2º consiste en "Imple-mentar, ejecutar y hacer seguimiento a la ejecución de la Política Nacional de Consolidación Territorial y canalizar, articular y coordinar la intervención institucional diferenciada en las regiones de consolidación focalizadas y en las zonas afectadas por los cultivos ilícitos".

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece los principios en que se desarrolla la función administrativa, a la vez que determina que la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la ley, y que de conformidad con el artículo 78 de la Carta Política es deber de las entidades del Estado ejercer control de calidad de los bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad.

Que la Ley 87 de 1993 dispone en su artículo 6º que en las entidades y organismos del Estado, la responsabilidad del establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno será del representante legal o máximo directivo correspondiente; y, según el artículo 13 ibídem, dichos organismos y entidades deben establecer al más alto nivel jerárquico un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.

Que el Decreto número 1537 de 2001 estableció los elementos técnicos y administrativos para fortalecer el Sistema de Control Interno, como una estrategia del desarrollo transparente, eficiente y eficaz de las entidades y organismos públicos.

Que en vigencia del Decreto número 1599 de 2005 por el cual se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 para el Estado colombiano, se expidió la Resolución número 00289 de 2012 que adoptó el Modelo Estándar de Control Interno en la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial.

Que el Comité de Coordinación de Control Interno de la UACT conformado por el artículo 9º de la Resolución número 00289 de 2012, modificado por la Resolución número 00192 de 2014, está integrado por:

· El Director General de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial o su delegado, quien lo presidirá.

· El Secretario General.

· El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

· El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Gestión de la Información.

· El Director Técnico de la Dirección de Articulación.

· El Director Técnico de la Dirección de Coordinación Regional.

· El Director Técnico de la Dirección de Programas contra Cultivos Ilícitos.

· El Coordinador del Grupo de Comunicaciones Estratégicas.

· El Coordinador del Grupo de Control Interno o quien haga sus veces, quien tiene derecho a voz pero no a voto.

La Secretaría Técnica se asignó al Coordinador del Grupo de Control Interno.

Que el Presidente de la República a través del Decreto número 943 de 2014 adoptó la actualización del Modelo Estándar de Control Interno, (MECI), determinando las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer el Sistema de Control Interno en las entidades y organismos obligados a su implementación de acuerdo con la Ley 87 de 1993.

Que acogiendo el Manual Técnico del Modelo Estándar de Control Interno para la implementación del Modelo Actualizado, la UACT viene ejecutando las actividades tendientes a realizar los ajustes necesarios para adaptar en su interior los cambios surtidos en la actualización del MECI, los cuales serán adoptados una vez cumplidas las fases señaladas en el Manual Técnico y dentro del término dispuesto por el numeral 2 del artículo del Decreto número 943 de 2014.

Que la Ley 872 de 2003 creó el Sistema de Gestión de la Calidad de las entidades del Estado, como "una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, la cual será enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades"; estableciendo en el parágrafo 1º del artículo 2º de la citada ley, que la máxima autoridad de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad.

Que el artículo 15 de la Ley 489 de 1998 define el Sistema de Desarrollo Administrativo como "un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos, y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Gobierno nacional".

Que con el fin de actualizar las políticas de desarrollo administrativo y de planeación de las entidades públicas del orden nacional, el Gobierno nacional expidió el Decreto número 2482 de 2012 a través del cual estableció los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión y adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión como instrumento de articulación y reporte de la planeación.

Que de acuerdo con el Parágrafo del artículo 2º del Decreto número 2482 de 2012, para las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, el Sistema de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998 se entenderá imple-mentado a través del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

Que mediante la Resolución número 00338 de 2013 se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, como un mecanismo de articulación y simplificación de la labor institucional de acuerdo con las políticas y planes de desarrollo administrativo, plan estratégico institucional y los planes de acción anual requeridos para el logro de los objetivos institucionales; se establecieron sus componentes entre los que se encuentran las políticas de desarrollo administrativo; y, se creó el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo estableciendo sus funciones, el cual está presidido por el Secretario General, correspondiendo la Secretaría Técnica a la Oficina Asesora de Planeación y Gestión de la Información.

Que de acuerdo con el artículo 9º de la resolución citada es precedencia, el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, en su momento se conformó de la siguiente manera:

· Director General.

· Secretario General.

· Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Gestión de la Información.

· Coordinador Grupo Financiero.

· Coordinador Grupo Administrativo.

· Coordinador Grupo de Talento Humano.

· Asesor de Grupo de Tecnologías de la Información.

· Coordinador Grupo de Comunicaciones.

· Jefe de la Oficina de Control Interno, participará como invitado permanente, con voz y sin voto.

Que corresponde a la Oficina Asesora de Planeación y Gestión de la Información coordinar y apoyar a los líderes y responsables, en la definición de estrategias y acciones de cada uno de los componentes de las políticas de desarrollo administrativo, consolidar y elaborar el plan estratégico institucional y el plan de...

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