Resolución número 001419 de 2013, por la cual se establecen los parámetros y condiciones para la organización y gestión integral de las Redes de Prestación de Servicios Oncológicos y de las Unidades Funcionales para la atención integral del cáncer, los lineamientos para su monitoreo y evaluación y se dictan otras disposiciones
Emisor | Ministerio de Salud y Protección Social |
Número de Boletín | 48784 |
El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial, de las conferidas en el artículo 13 de la Ley 1384 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 13 de la Ley 1384 de 2010, establece que "Las Entidades Promotoras de Salud de ambos regímenes y las entidades territoriales responsables de la población pobre no asegurada, deberán responder por la organización y gestión integral de la red de prestación de servicios oncológicos, de acuerdo con los parámetros establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social (.)
Parágrafo. ElMinisterio de la Protección Social definirá las condiciones y la organización de la Red de Prestación de Servicios Oncológicos, optimizando los avances tecnológicos para el diagnóstico y el tratamiento y determinará los lineamientos para el monitoreo y la evaluación de la prestación de servicios oncológicos".
Que el artículo 61 del Decreto-ley 4107 de 2011, dispone que: "Las referencias normativas sobre salud que en las normas anteriores se hagan alMinisterio de Salud y al Ministerio de la Protección Social, se entenderán referidas al Ministerio de Salud y Protección Social" .
Que en virtud de lo anterior, se hace necesario establecer los parámetros y condiciones para la organización y gestión integral de las Redes de Prestación de Servicios Oncológicos y de las Unidades Funcionales para la atención integral del cáncer, así como los lineamientos para el monitoreo y evaluación de la prestación de servicios oncológicos.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
La presente resolución tiene por objeto establecer los parámetros y condiciones para la organización y gestión integral de las Redes de Prestación de Servicios Oncológicos y de las Unidades Funcionales para la atención integral del cáncer, así como los lineamientos para el monitoreo y evaluación de la prestación de servicios oncológicos.
Para efectos de la presente resolución se establecen las siguientes definiciones:
Red de Prestación de Servicios Oncológicos. Es el conjunto articulado de prestadores de servicios de salud que trabajan de manera organizada y coordinada en un proceso de integración funcional, orientado por los principios de complementariedad, subsidiariedad y los lineamientos del proceso de referencia y contrarreferencia, establecidos por la entidad responsable del pago, para garantizar el acceso, oportunidad, pertinencia, seguridad, continuidad, integralidad, resolutividad y calidad en el control y la atención del cáncer, así como en los procesos de prevención, detección temprana, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos.
Unidades Funcionales. Son unidades clínicas habilitadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, o quien este delegue y ubicadas al interior de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, cuya función es evaluar la situación de salud del paciente y definir su manejo, garantizando la calidad, oportunidad y...
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