Decreto número 4843 de 2007 por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Protección del Sistema de Parques Nacionales Naturales. - 18 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51679584

Decreto número 4843 de 2007 por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Protección del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46846

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el articulo 45 de la Ley 489 de 1998, y DECRETA:

Articulo 1° De la Comision Intersectorial de Proteccion del Sistema de Parques Nacionales Naturales

Crease la Comision Intersectorial de Proteccion del Sistema de Parques 1 Nacionales Naturales, la cual tiene por objeto definir estrategias, coordinar, armonizar y orientar acciones que permitan fortalecer las condiciones de seguridad al interior de las areas que conforman el Sistema y simultaneamente coadyuvar a la preservacion, conservacion y proteccion de estos ecosistemas.

Articulo 2° Integracion

La Comision Intersectorial para la Proteccion del Sistema de Parques Nacionales Naturales, estara integrada por los siguientes miembros: 1. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o su delegado, quien lo presidira.

  1. El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado.

  2. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado.

  3. El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado.

  4. El Director de la Policia Nacional o su delegado.

  5. El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, o su delegado.

  6. El Director de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales o su delegado.

Paragrafo 1°. Los Ministros que integran la Comision para la Proteccion del Sistema de Parques Nacionales Naturales, el Comandante de las Fuerzas Militares, el Director de la Policia Nacional y el Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, podran delegar sus funciones en los empleados publicos del nivel directivo o asesor que estan vinculados a sus correspondientes entidades.

Paragrafo 2°. La comision podra invitar a sus sesiones a personas del sector publico o privado para ilustrar escenarios o temas que son objeto de analisis o evaluacion, quienes tendran derecho a voz pero no a voto.

Articulo 3° Funciones

Son funciones de la Comision Intersectorial de Proteccion para los Parques Nacionales Naturales, las siguientes: 1. Servir de espacio para coordinar y orientar planes, programas y propuestas que contribuyan a garantizar y establecer condiciones de seguridad...

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