Introducción
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LEY Y ADMINISTRACIÓN. ESTUDIO DE LA EVOLUCIÓN DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
INTRODUCCIÓN
1. El principio de legalidad de la Administración nació bajo la Monarq uía
constitucional. Contien e las dos conocidas vertientes, de la primacía de la ley y de
la reserva legal. La reserva legal, es decir, el principio de que determinadas medi-
das administrativas solo pueden ser dictadas conforme a Derecho si tienen como
base una norma de rango formal de ley, contenía originariamente una limitación
característica de l a Monarquía constitucional, a saber: que no estaban sometidas a la
reserva legal todas las medidas administrativas, sino solo aquellas que se hallaban
comprendidas dentro del marco de la relación de sujeción general. Las disposicio-
nes comprendidas dentro del ámbito de la relación de sujeción especial, como, por
ejemplo, las dirigidas al funcionario, al soldado, o al usuario de un establecimiento
público podían ser dictadas sin necesidad de que existiera a tal efecto una disposi-
ción de rang o de ley que les sirviera de fundamento. Per o aun dentro del ámbito de
la relación de sujeción especial estaba limitado el recinto dentro d el cual el Poder
Ejecutivo estaba obli gado a exhibir un apoderamiento ex lege: solo los actos de
intervención en la libertad y en la propiedad estaban sujetos a dicha reserva, mien-
tras que, por el contrario, los actos de prestación y los actos de favorecimiento no
precisaban de apoderamiento alguno fundado en una norma de rango legal.
La forma de apoderamiento era indiferente, en principio. Podía estar configu-
rada como una cláusula general amplia (apoderamiento global) o indicar en forma
circunstanciada las medidas admisibles en cada caso y l os requisitos de las mismas.
Lo importante, desde el punto de vista de la compatibilidad con el principio de la
reserva global, era que se hubiera conferido un apoder amiento.
Este a cotamiento del ámbito de la reserva legal se ha ido considerando cada
vez más insatisfactorio e insufici ente, sin que hasta el momento se haya logrado
oponer una doctrina nueva y adecuada a nuestro sistema constitucional a la vieja
teoría de la reserva lega l, recibida de la Monarquía constitucional. El presente estu-
dio pretende mostrar que la delimitación trad icional de la r eserva del apodera-
miento ex lege constituye un elemento esencial de la Monarquía constitucional del
siglo XIX, y a la vez extraer de la transformación de la estructura constitucional un
concepto moderno de la reserva legal, para después determinar con ca rácter gene-
ral su contenido y amplitud. Difícilmente podríamos entrar en el examen de cues-
tiones concretas que forzosamente habrían de suscitarse como consecuencia de la
transformación del concepto de la reserva l egal. E l presente estudio se ha fijado
como tarea solamente el esclarecimiento de la problemática fundamental, con el fin
de llegar a una base de discusión admisible. Solo una vez que exista acuerdo sobre
el principio puede tener sentido entrar en cuestiones de detalle. Por ello, este traba-
jo no pretende haber tratad o de mane ra exhaustiva la totalidad del tema de la
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