Introducción - La pérdida de oportunidad y el lucro cesante no consolidado por muerte de menores de edad en el derecho colombiano - Libros y Revistas - VLEX 950068454

Introducción

AutorCarlos Mario de la Espriella Oyola
Páginas13-37
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introducción
En el boletín técnico del 16 de abril de 2015, el Departamen-
to Administrativo Nacional de Estadísticas (daNe) publicó
los resultados de la encuesta nacional de trabajo infantil
en Colombia aplicada durante el cuarto trimestre del año
2014. El consolidado muestra que para el total nacional, la
tasa de trabajo infantil (ttI) fue el 9,3 %; para la población
de 5 a 14 años, el 5,4 %; para la población de 15 a 17 años,
el 22,3 %; para la población masculina del 13,6 % y para la
femenina el 14,2 %1. En dicho periodo, “[...] las ramas de
actividad económica que concentraron el mayor número
de NNa trabajadores fueron comercio, hoteles y restaurantes
(38,2 %) y agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca
(34,0 %)”2. El resultado de esa encuesta también arrojó que
el deber de participar en la actividad económica del hogar3
se sitúa entre una de las principales causas del trabajo in-
fantil en Colombia, dato revelador de la clara dependencia
1 departameNto admINIStratIvo NacIoNal de eStadíStIca (daNe), Boletín técnico del
16 de abril de 2015. Trabajo infantil octubre-diciembre de 2014 [en línea]. Bogotá,
daNe, 2015, p. 3 [fecha de consulta: 16 de agosto de 2015], disponible en
https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/ech/jobinfantil/
bol_trab_inf_2014.pdf.
2 Ibid., p. 16.
3 Ibid., p. 13. Al respecto, informa: “En el período de estudio, las principales
razones por las que trabajó la población de 5 a 17 años en el total nacional
fueron: debe participar en la actividad económica de la familia 38,1 % y le
gusta trabajar para tener su propio dinero (35,5 %)”.
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económica de los padres respecto a sus hijos menores de
edad que desarrollan algún tipo de actividad laboral.
Estos datos estadísticos, diáfanamente nos indican que
dada las realidades sociales, económicas y culturales de
algunos hogares colombianos, los padres forman a sus
hijos con la visión de que estos en la adultez los ayuden
económicamente, lo cual podemos nominar como un con-
trato familiar tácito en cuya celebración el padre contrae la
obligación de formar a su hijo y este, como contraprestación,
la de brindarle ayuda económica futura.
En la actualidad existen padres que dependen económi-
camente de sus hijos, incluso menores de edad; otros que
aún no, por carecer sus descendientes de aptitudes labora-
les, pero tienen la expectativa razonable y probable que a
futuro sí. En estas circunstancias, ante la muerte del hijo,
en el primer evento cesan los ingresos económicos de los
padres; y en el segundo, se frustra la probabilidad de ayuda
económica futura.
En ciertos casos donde la muerte del hijo menor de edad
es imputable al Estado, algunos padres han acudido a la juris-
dicción contencioso-administrativa colombiana a demandar
el resarcimiento de sus perjuicios. Por lo general, en estos
casos los padres demandantes han pedido la indemnización
del lucro cesante futuro propio, pero no la del lucro cesante
futuro hereditario, y pocas veces lo han hecho con respecto a
la pérdida de una oportunidad de recibir alimentos o ayuda
económica futura.
El objetivo de este trabajo es analizar el tratamiento nor-
mativo, jurisprudencial y doctrinal que desde el año 1991
nuestro sistema jurídico le ha dado al tema del lucro cesante
futuro propio, lucro cesante futuro hereditario y pérdida de
oportunidad o chance de los padres de recibir alimentos o
ayuda económica futura por la muerte de hijos menores de
edad, imputables al Estado, con el fin de confirmar o descar-
tar la posibilidad de indemnizar estos rubros en el derecho
colombiano de la responsabilidad extracontractual del Estado.

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