Introducción - - - Fundamentos y límites de la responsabilidad del Estado: una lectura unificada de la responsabilidad contractual y extracontractual - Libros y Revistas - VLEX 950578870

Introducción

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introduccin
I. el proceso de ampliacin y la
correspondiente necesidad de fundamentar
la responsabilidad patrimonial del estado
Desde su consagración y reconocimiento como institución jurídica, la respon-
sabilidad patrimonial del Estado, y en particular de la Administración Pública,
no ha cesado de extender sus fronteras. Esto ha permitido un tránsito desde
la irresponsabilidad absoluta de la Administración, desde una escueta y casi
inexistente reacción frente al daño, hasta la configuración de una robusta ins-
titución sobre la que se fundamenta buena parte del derecho administrativo.
El fenómeno de ampliación, la extensión constante de sus lindes, es una
característica que ha acompañado a la responsabilidad civil desde sus orígenes,
una característica que se predica, por demás, tanto de la responsabilidad patri-
monial de la Administración como de la responsabilidad civil extracontractual
de derecho privado1.
De la irresponsabilidad se transitó hacia la responsabilidad por culpa y a
su correspondiente configuración administrativa de falla o funcionamiento
anormal del servicio; de un estricto concepto de “culpa” a una más amplia
configuración; de la responsabilidad por culpa a la responsabilidad objetiva; de
la exclusiva indemnización de daños materiales al reconocimiento de una serie
comprensiva de perjuicios inmateriales que sobrepasan hoy el daño moral; de la
reacción frente a derechos subjetivos absolutos al reconocimiento de intereses
legítimos jurídicamente protegidos; presunciones de responsabilidad; formas
diversas de responder frente al daño que superan el mero reconocimiento pe-
cuniario; concepción amplia y creciente del principio de reparación integral;
indemnizaciones soportadas en la oportunidad perdida; una larga lista que
continúa y que da cuenta del referido fenómeno expansivo.
El reconocimiento de un principio general de responsabilidad de la Admi-
nistración como límite y garantía del ciudadano ante los poderes públicos
constituye, sin duda, uno de los mayores avances, una de las “piezas maestras”
del Estado social y democrático de derecho. En la medida en que la Administra-
ción ha visto ampliado su campo de actuación, la responsabilidad administrativa
desempeña un papel cada vez más significativo. La historia de un Estado que
1 Cf. viney, geneviève, Traité de droit civil. Introduction à la responsabilité, 3.ª ed., Librairie Général de
Droit et de Jurisprudence, París, 2008, pp. 27 y ss.
Fundamentos y límites de la responsabilidad del Estado
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se amplifica es en parte la historia misma de una responsabilidad que crece;
de la mano de una mayor conquista y garantía de derechos se ha extendido en
paralelo la indemnización de daños y perjuicios.
La característica descrita se erige como un sello de éxito, como una lauda-
ble victoria del reconocimiento de garantías del ciudadano; no obstante, tal y
como ocurre con tantos otros fenómenos jurídicos, la responsabilidad es víctima
de sus propias conquistas. Su ampliación constante ha terminado por hacer de
una de las bases sobre las que se soporta el derecho de la Administración una
institución en exceso amplia2, con unos límites difusos3, que ha perdido su
propia coherencia interna4, una dificultad que se ha concretado por parte de la
doctrina como una crisis dual de “crecimiento e identidad”.
Una institución de la importancia capital de la responsabilidad civil debe
sin duda estar apropiadamente delimitada, configurada, caracterizada; en una
palabra, fundamentada. Lo anterior no solo porque sus posibles defectos minan
los mismos derechos que pretende proteger, sino porque sus excesos tienden
paradójicamente a describir un movimiento similar, al dar como resultado una
institución que al tratar de abarcar un gran número de situaciones perjudicia-
les deja a un ciudadano perplejo que en ocasiones no logra tener claridad sobre
si el hecho dañoso que ha sufrido merece la reacción de la Administración, y
a un Estado que en ocasiones termina por responsabilizarse de daños que no
ha producido.
El interés en las víctimas explica indudablemente gran parte del fenómeno
expansivo de la responsabilidad, movimiento que, en su más concreta expresión,
ha puesto a aquellas en el centro del sistema de reparación para hacer de su le-
sión la preocupación principal. En palabras de García de Enterría y Fernández
Rodríguez, “el fundamento de la institución, tal y como está configurada en
nuestro Derecho, se ha desplazado desde la perspectiva tradicional de la acción
del sujeto responsable (que parte de la concepción primitiva de la responsabilidad
2 Cf. mir puigpelat, oriol, La responsabilidad patrimonial de la Administración. Hacia un nuevo sistema,
2.ª ed., Edisofer, Buenos Aires, 2012, pp. 3 y 126 y ss. (la primera edición es del año 2002).
3 Cf. nieto garcía, alejandro, “La relación de causalidad en la responsabilidad del Estado”, en Revista
Española de Derecho Administrativo, n.º 4, 17, pp. 0-; “La relación de causalidad en la respon-
sabilidad administrativa: doctrina y jurisprudencia”, en Revista Española de Derecho Administrativo,
n.º 1, 186, pp. 427-433.
4 Cf.
grare, clothilde, Recherches sur la cohérence de la responsabilité délictuelle. L’influence des fondements
de la responsabilité sur la réparation, Dalloz, París, 200.
leleu, thibaut, Essai de restructuration de la responsabilité publique. À la recherche de la responsabilité
sans fait, Librairie Général de Droit et de Jurisprudence, coll. Bibliothèque de Droit Public, t. 280,
París, 2014, pp. 3 y ss.

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