Introducción al estudio del derecho de Eduardo garcía Maynez - Introducción al derecho - Libros y Revistas - VLEX 1028505163

Introducción al estudio del derecho de Eduardo garcía Maynez

Páginas141-212
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Introducción al Derecho - Jarvey Rincón Ríos
8. INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO. DE EDUARDO GARCÍA MAYNEZ
INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO
DEL DERECHO
EDUARDO GARCÍA MAYNEZ
8.
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Introducción al Derecho - Jarvey Rincón Ríos
PRÓLOGO DE LA PRIMERA EDICIÓN.
La introducción al estudio del derecho tiene como objeto tres puntos básicos que son:
A) Ofrecer una visión del conjunto del derecho: es necesario que los alumnos que se inician en las
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jurídicas, de las ramas del derecho positivo, de las materias que las estudian, de los problemas de cada
una de ellas y así sucesivamente.
B) Estudiar los conceptos generales del derecho: existen en el derecho dos clases de conceptos, a saber,
los particulares y los generales. Como ejemplo de los primeros se pueden citar los de persona, hecho
jurídico, sanción y entre otros. Como ejemplo de los segundos, los de acto de comercio, delito, huelga
y entre otros.
C) Discutir los problemas de la técnica jurídica: la ciencia del derecho consta de dos partes que son, la
sistemática y la técnica jurídica. La primera tiene como objeto la exposición ordenada y coherente de
un derecho positivo determinado. La segunda, estudiar los problemas que se suscitan con motivo de la
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leyes, que no solo son problemas del derecho civil, sino que se plantean con respecto a todas las ramas
del derecho.
1) La noción del derecho: el autor examina el problema de la noción del derecho para concluir que la
solución del problema del concepto del derecho depende de la acepción en que se tome el vocablo, para
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2) Las disciplinas jurídicas: el autor examina las disciplinas jurídicas fundamentales, que son, la ciencia
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que son: la sociología jurídica, la historia del derecho y el derecho comparable.
3 Los conceptos jurídicos fundamentales: en esta parte se estudian los conceptos de norma jurídica,
hecho jurídico, derecho subjetivo, deber jurídico, persona, sanción y otros conceptos de suma importancia
por su generalidad.
4) La técnica jurídica: el autor se ocupa de los problemas que se dan por la aplicación del derecho..
El libro del licenciado García Máynez consta de cuatro partes:
Los méritos de la obra son su excelente información, su apego al derecho positivo y su originalidad.
INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO. DE EDUARDO GARCÍA MÁYNEZ
DATOS DEL AUTOR
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11 de enero de 1908 en la Ciudad de México. Realizó sus estudios
en la Escuela Nacional de Jurisprudencia en la Universidad Nacional
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jurídica que impulsaron el desarrollo de la ciencia del derecho
en Latinoamérica. A sus 32 años de edad, publicó el libro tirado
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material valioso para los estudiantes de la materia. Murió en 1993.
16
16. García Máynez, E.(2002). Introducción al estudio del derecho. México, DF: Porrua. Compendio por Elizabeth Mosquera Casallas bajo la dirección de Jarvey
Rincón Ríos
Imagen 10: García Máynez
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Introducción al Derecho - Jarvey Rincón Ríos
PRIMERA PARTE LA NOCIÓN DEL DERECHO
CAPÍTULO 1. CONCEPTO DE NORMA Y LEY NATURAL
1) JUICIOS ENUNCIATIVOS Y JUICIOS NORMATIVOS
2) CONCEPTO DE LEY NATURAL
3) NORMAS DE CONDUCTA Y LEYES NATURALES
4) CONCEPTO DEL DEBER
El tema central del debate es la determinación del carácter normativo o enunciativo de los preceptos del
derecho, ¿son las reglas jurídicas expresión de auténticos deberes o simples exigencias desprovistas de
obligatoriedad?, ¿deriva su validez de la voluntad del legislador o es por el contrario independiente de ella? y
si se acepta que el derecho es un conjunto de prescripciones; ¿en que se distinguen estas de los imperativos
morales, los principios religiosos y los demás preceptos que rigen nuestro comportamiento?. Se tendran que
responder las interrogantes anteriores para descubrir la noción universal de lo jurídico, quien desee descubrir
la noción universal de lo jurídico tendrá que responder a las interrogantes anteriores.
La primera tarea consiste en la explicación del concepto de norma.
A las que tienen carácter obligatorio o son atributivas de facultades se les da el nombre de normas. Estas
corresponden al sentido estricto.
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Ejemplo: si se dice que para ir de un punto a otro por el camino más corto es necesario seguir la línea recta,
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En la realización con las normas no se habla de verdad o falsedad, a diferencia de los juicios veritativos sino
de validez o invalidez.
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a la ley”; lo que quiere expresar cuando se habla de la necesidad de una acción, es simplemente el carácter
obligatorio de las exigencias morales.
De la observación de los hechos no es correcto, según Kant, desprender conclusiones normativas. La
circunstancia de que algo ocurra de determina forma, no nos autoriza para declarar que así debe ocurrir. Y a
la inversa: la violación reiterada de una norma no destruye su validez.
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naturaleza existen, es decir, indican relaciones de tipo causal. Por lo tanto la ley natural es un juicio que
expresa relaciones constantes entre fenómenos.
Entre las leyes físicas y normas de conducta existen las siguientes diferencias:
• Amplio: se aplica a toda regla de comportamiento obligatorio o no obligatorio.
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B) Las leyes naturales implican la existencia, enuncian relaciones constantes,o sea, procesos que se
desenvuelven siempre del mismo modo; las normas exigen una conducta que en todo caso debe ser
observada, pero que, de hecho, puede no llegar a realizarse.
C) Una ley natural es válida cuando es verdadera, en otras palabras, cuando la relación, a la
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intrínsecamente obligatorio. Cuando las exigencias de las normas se cumplen el precepto es válido y su
validez se deriva en el cumplimiento de tales experiencias

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