Invenciones contrarias al orden público y la moral - Exclusiones normativas - Excepciones a la patentabilidad - Derecho de patentes - Libros y Revistas - VLEX 950068954

Invenciones contrarias al orden público y la moral

AutorCarlos Augusto Conde Gutiérrez
Páginas503-534
captulo 13
Invenciones contrarias al orden público y la moral
carlos a ugusto conde gutiérrez

Sumario. Introducción. i. Del moral utility al patent f‌irst, ask later. A. Moral utility.
B. Patent f‌irst, ask later. ii. De los tests de moralidad a la cláusula de moralidad
en Europa. A. Los tests de moralidad en la epo. B. La cláusula de moralidad en la
Directiva 98/44/ce. 1. La cláusula general. 2. Clonación. 3. Identidad genética
germinal. 4. Utilización de embriones humanos con f‌ines industriales o comerciales.
. Animales. iii. Colombia y el artículo 2 (a) de la Decisión 486. A. El Tribunal
Andino de Justicia y la moral. B. El embrión humano en la legislación colombiana.
Conclusiones. Referencias.
introduccin
Uno de los aspectos que genera mayor controversia en el estudio de las paten-
tes es el relacionado con el establecimiento de límites a la actividad inventiva
por medio de la moral y el orden público en las patentes. En efecto, durante
el examen de patentabilidad, la of‌icina de patentes debe, en principio, aplicar
consideraciones técnicas cuando busca determinar si una patente reúne los
requisitos establecidos por la ley (esto es, novedad, nivel inventivo y aplicación
industrial). Por lo tanto, integrar consideraciones de orden público y moral
dentro del examen de patentabilidad es una materia particularmente difícil.
Esto es especialmente arduo porque se busca conciliar el interés de inventores
(científ‌icos, compañías, etc.) con otros sectores de la población que ven en la
legislación de patentes un espacio para crear límites a la actividad inventiva
cuando consideran que esta viola determinados valores sociales. Por lo tanto,
la labor del examinador de patentes no es solo crear un juicio de valor que sea
ampliamente aceptado, sino encontrar en su labor lo que puede ser contrario
a la moral y al orden público de acuerdo con la ley.
Frente a esta situación, existen tres importantes tendencias: 1) f‌irst patent,
then ask (“patenta primero, pregunta después”) de la Of‌icina de Patentes de
Estados Unidos (uspto, por sus siglas en inglés); 2) los tests de moralidad de
la Of‌icina de Patentes Europea (epo, por sus siglas en inglés), y 3) la positivi-
zación de ciertas invenciones que se consideran contrarias al orden público y
la moral en la Unión Europea. Cada una de esas tendencias no solo responde
a diferentes formas de implementar un sistema de patentes, sino una forma
de def‌inir juicios de valor frente a determinadas invenciones. En efecto, en el
caso de Estados Unidos el análisis de si una invención es contraria a la moral o
el orden público se hace después de que la patente ha sido otorgada, debido a
que no existe norma especial que le exija al examinador adelantar dicho juicio

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