¿La JEP sustituye la Constitución? - 10 de Julio de 2017 - El Tiempo - Noticias - VLEX 685543253

¿La JEP sustituye la Constitución?

María Isabel Rueda

Especial para EL TIEMPO

¿Qué es lo que le va a examinar la Corte Constitucional a la JEP? La Corte Constitucional tiene a su cargo la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución de 1991 y, además, mediante el Acto Legislativo 1 de 2016, se le confió la revisión automática de los actos legislativos y de las leyes y decretos leyes que se expidan para implementar el acuerdo de paz firmado el 24 de noviembre de 2016. Entonces lo que va a examinar en el caso de la JEP es el Acto Legislativo número 1 de 2017, que consagró la Justicia Especial de Paz y que desarrolló conceptos básicos para esa jurisdicción especial. Por lo que le entendí al ministro del Interior, lo que va a examinar es si el procedimiento de ese acto legislativo estuvo bien implementado, pero nada de fondo acerca de la JEP… Según el texto del Acto Legislativo 1 de 2016, la revisión se circunscribiría a los aspectos puramente formales. Pero no se nos puede olvidar que hay una jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional, sentada desde el año 2003, según la cual la Corte también examina si quien expidió el acto reformatorio de la Constitución, en este caso el Congreso, era competente para reformar la Constitución en el punto respectivo. ¿Es decir, si ese acto legislativo está sustituyendo la Constitución? Así es. Es la doctrina que se ha denominado “de la sustitución de la Constitución”. Es decir, a pesar de que no hay cláusulas pétreas en la Constitución del 91, sin embargo hay una esencia de la Constitución, por ejemplo con el principio democrático o con el Estado social de derecho. O, como lo acabamos de ver, con la función deliberativa del Congreso, que le habían quitado con el ‘fast track’. Lo habían limitado a un todo o nada… Exactamente. Entonces, la Corte puede declarar que es inexequible en todo o en parte el Acto Legislativo 1 de 2017, si encuentra que se pretende sustituir la Constitución. Pero, ya empiezan los agoreros a decir que ¡cuidado la Corte Constitucional le va a tocar una coma a ese acto legislativo porque entonces las Farc se ponen bravas y que vuelven al monte! Esa es la misma amenaza que algunos congresistas le hicieron al Senado en relación con la elección de la magistrada Diana Fajardo. Que si no la elegían a ella, sencillamente volverían las Farc a la guerra, y eso pues obviamente fue un ataque directo a la autonomía del Senado y también a la propia jurisdicción de la Corte Constitucional. Yo creo que esas amenazas no pueden ser atendidas por los magistrados de la Corte. Ellos tienen que ser independientes...

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