Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Acuerdo número PSAA10-7546 de 2010, por el cual se crea el Distrito Judicial de Mocoa. - 28 de Diciembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 236842787

Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Acuerdo número PSAA10-7546 de 2010, por el cual se crea el Distrito Judicial de Mocoa.

EmisorVarios
Número de Boletín47936
51
Edición 47.936
Martes, 28 de diciembre de 2010 DIARIO OFICIAL
a favor de los siguientes municipios: Riohacha, Dibulla, Distracción, El Molino, Fonseca,
La Jagua del Pilar; Maicao, Manaure, San Juan del Cesar, Uribia, Urumita y Villanueva;
Que según certifi cación del 15 de septiembre de 2010, expedida por el Coordinador de
Presupuesto del Departamento Nacional de Planeación, con corte a 31 de agosto de 2010,
los recursos transferidos a las cuentas del Fondo Nacional de Regalías por el Ingeominas,
provenientes de la explotación de carbón, generados por los municipios de Chiriguaná y
La Jagua de Ibirico en el departamento del Cesar, ascienden a $4.856.996.684 por capital
y a $7.993.269 por rendimientos fi nancieros;
Que según certifi cación del 15 de septiembre de 2010, expedida por el Coordinador de
Presupuesto del Departamento Nacional de Planeación, con corte a 31 de agosto de 2010,
los recursos transferidos a las cuentas del Fondo Nacional de Regalías por el Ingeominas,
provenientes de la explotación de carbón, generados por el municipio de Albania en el
departamento de La Guajira, ascienden a $517.556.948 por capital y a $1.876.837 por
rendimientos fi nancieros;
Que en el artículo 1° de las mencionadas resoluciones no se estableció la distribución
igualitaria de los rendimientos fi nancieros generados por dichos recursos al momento del giro;
Que los recursos en mención no han sido girados, así las cosas, es pertinente modifi car
el artículo 1° de las Resoluciones 0457 del 13 de octubre de 2010 y 0480 del 19 de octubre
de 2010, en el sentido de adicionar a la distribución igualitaria de los recursos de escalona-
miento de carbón, los rendimientos fi nancieros que se hayan generado al momento del giro.
RESUELVE:
Artículo 1°. Modifi car el artículo 1° de la Resolución número 0457 del 13 de octubre
de 2010 “Por la cual se efectúa una distribución de recursos de escalonamiento de carbón
generados por los municipios de Chiriguaná y La Jagua de Ibirico, entre los municipios no
productores de carbón del departamento del Cesar” el cual queda así:
Artículo 1°. Efectuar la distribución igualitaria de los recursos consignados en
calidad de depósito en el Fondo Nacional de Regalías, por concepto de escalonamiento
de carbón generado en los municipios de Chiriguaná y La Jagua de Ibirico, así como los
rendimientos fi nancieros que se generen al momento del giro, a favor de los siguientes mu-
nicipios: Aguachica, Agustín Codazzi, Astrea, Becerril, Bosconia, Chimichagua, Curumaní,
El Copey, El Paso, Gamarra, González, La Gloria, Manaure Balcón del Cesar, Pailitas,
Pelaya, Pueblo Bello, Río de Oro, La Paz Robles, San Alberto, San Diego, San Martín,
Tamalameque y Valledupar.
Los recursos que reciban cada uno de los municipios benefi ciarios, enumerados en el
inciso anterior, serán utilizados en la forma establecida en el artículo 15 de la Ley 141 de
1994, modifi cado por el artículo 1° de la Ley 1283 de 2009, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 55 de la Ley 141 de 1994”.
Artículo 2°. Modifi car el artículo 1° de la Resolución número 0480 del 19 de octubre
de 2010 “Por la cual se efectúa una distribución de recursos de escalonamiento de carbón
generados por el municipio de Albania, entre los municipios no productores de carbón del
departamento de La Guajira”, el cual queda así:
Artículo 1°. Efectuar la distribución igualitaria de los recursos consignados en calidad
de depósito en el Fondo Nacional de Regalías, por concepto de escalonamiento de carbón
generado en el municipio de Albania, así como los rendimientos fi nancieros que se generen
al momento del giro, a favor de los siguientes municipios: Riohacha, Dibulla, Distracción,
el Molino, Fonseca, La Jagua del Pilar, Maicao, Manaure, San Juan del Cesar, Uribia,
Urumita y Villanueva.
Los recursos que reciban cada uno de los municipios benefi ciarios, enumerados en el
inciso anterior, serán utilizados en la forma establecida en el artículo 15 de la Ley 141 de
1994, modifi cado por el artículo 1° de la Ley 1283 de 2009, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 55 de la Ley 141 de 1994”.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2010.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Hernando José Gómez Restrepo.
(C. F.).
Consejo Superior de la Judicatura
Sala Administrativa
ACUERDOS
ACUERDO NÚMERO PSAA10-7546 DE 2010
(diciembre 16)
por el cual se crea el Distrito Judicial de Mocoa.
La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, en ejercicio de sus facul-
tades constitucionales y legales, en especial de las señaladas en los artículos 85 numeral 6,
y 89, numerales 1, y 7 inciso 2, de la Ley 270 de 1996, y una vez oído el concepto previo
de la Comisión Institucional de la Rama Judicial, y de conformidad con lo aprobado en la
Sesión de Sala Administrativa del 15 de diciembre de 2010,
ACUERDA:
Artículo 1°. Crear el Distrito Judicial de Mocoa, cuya cabecera será la ciudad de Mocoa.
Artículo 2°. El Distrito Judicial de Mocoa estará conformado por los siguientes circuitos
judiciales:
Circuito de Mocoa
Mocoa
Piamonte (Cauca)
Puerto Guzmán
Villagarzón.
Circuito de Puerto Asís
Puerto Asís
Puerto Caicedo
Orito
Puerto Leguízamo
Valle de Guamuez
San Miguel.
Circuito Sibundoy
Sibundoy
Colón
San Francisco
Santiago.
Artículo 3°. La creación del Distrito Judicial de Mocoa establecida por el presente
Acuerdo, rige a partir del día primero (1°) de febrero de 2011 y será publicado en el Diario
Ofi cial, y en la Gaceta de la Judicatura.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil
diez (2010).
El Presidente,
Hernando Torres Corredor.
(C. F.).
ACUERDO NÚMERO PSAA10-7548 DE 2010
(diciembre 16)
por el cual se crea el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa.
La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, en ejercicio de sus facultades
constitucionales y legales, en especial de las señaladas en los artículos 19, y 85 numeral 5
de la Ley 270 de 1996, una vez oído el concepto previo de la Comisión Interinstitucional
de la Rama Judicial, y de conformidad con lo aprobado en la Sesión de Sala Administrativa
del 15 de diciembre de 2010,
ACUERDA:
Artículo 1°. Crear el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, con jurisdicción
en el Distrito Judicial de Mocoa y sede en dicha ciudad capital.
Artículo 2°. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa creado en el artículo
1°, tendrá la siguiente planta de personal:
Tres (3) Magistrados
Tres (3) Auxiliar Judicial 1 (uno para cada despacho de magistrado)
Un (1) Secretario de Tribunal - nominado
Un (1) Ofi cial Mayor - nominado
Un (1) Citador – grado 4
Artículo 3°. Crear en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa los siguientes
cargos:
Tres (3) cargos de Magistrado de Tribunal - nominado
Tres (3) cargos de Auxiliar Judicial 1 (uno para cada despacho).
Artículo 4°. Crear en la Secretaría del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa
los siguientes cargos:
Un (1) Secretario de Tribunal - nominado
Un (1) Ofi cial Mayor - nominado
Un (1) Citador – grado 4.
Artículo 5°. El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido
para la Rama Judicial.
Artículo 6°. La creación de los cargos creados por este Acuerdo cuenta con el certifi cado
de disponibilidad presupuestal número 207 del 24 de noviembre de 2010.
Artículo 7°. A partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, los procesos que
se encuentren en segunda instancia, a cargo de los Magistrados del Tribunal Superior del
Distrito Judicial de Pasto seguirán siendo conocidos por ellos hasta su terminación.
Artículo 8°. La entrada en funcionamiento del Tribunal Superior del Distrito Judicial
de Mocoa estará sujeta a la existencia de instalaciones físicas necesarias para el efecto.
Artículo 9°. Corresponde a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Pasto
adelantar las gestiones administrativas para dotar los despachos judiciales creados por el
presente Acuerdo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR