Resolución número 098 de 2013, por la cual se legalizan los gastos de la caja menor para sufragar gastos generales del Centro de Memoria Histórica y se autoriza su reembolso - 13 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 449264126

Resolución número 098 de 2013, por la cual se legalizan los gastos de la caja menor para sufragar gastos generales del Centro de Memoria Histórica y se autoriza su reembolso

EmisorEstablecimientos Públicos - Centro Nacional de Memoria Histórica
Número de Boletín48850

La Directora Administrativa y Financiera del Centro de Memoria Histórica, en uso de las facultades establecidas en la Resolución número 73 del 21 de septiembre de 2012, Resolución número 014 del 4 de febrero de 2013, y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Resolución número 001 del 2 de enero de 2012 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 014 del 4 de febrero de 2013 se constituyó la Caja Menor para sufragar gastos generales del Centro de Memoria Histórica y su manejo fue asignado al(a) señor(a) Luis Mario Garzón Rodríguez identificado(a) con la cédula de ciudadanía 19409326, por un valor total de dos millones ochocientos mil pesos ($2.800.000,00) moneda corriente, con el objeto de garantizar el adecuado funcionamiento de la Entidad, con cargo a los rubros:

Tipo Cta Sub cta Obj Ord Sorord Rec Descripción Valor
a 2 0 4 4 15 10 papelería, útiles de escritorio y oficina $300.000,00
a 2 0 4 4 18 10 productos de cafetería y restaurante $200.000,00
a 2 0 4 4 23 10 otros materiales y suministros $100.000,00
a 2 0 4 5 1 10 mantenimiento de bienes inmuebles $150.000,00
a 2 0 4 5 2 10 mantenimiento de bienes muebles, equipos yenseres $150.000,00
a 2 0 4 5 6 10 mantenimiento equipo de navegación y transporte $200.000,00
a 2 0 4 6 7 10 transporte $200.000,00
a 2 0 4 7 6 10 otros gastos por impresos y publicaciones $200.000,00
a 2 0 4 8 1 10 acueducto alcantarillado y aseo $500.000,00
a 2 0 4 8 2 10 energía $500.000,00
a 2 0 4 8 6 10 teléfono, fax y otros $200.000,00
a 2 0 4 14 10 gastos judiciales $100.000,00
TOTAL $2.800.000,00

Que de acuerdo con el artículo 14 de la Resolución número 001 del 2 de enero de 2012 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los reembolsos se harán en la cuantía de los gastos realizados, sin exceder el monto previsto en el respectivo rubro pre-supuestal, en forma mensual o cuando se haya consumido más de un 70%, lo que ocurra primero, de algunos o todos los valores de los rubros presupuestales afectados.

Que con recursos de la Caja Menor de Gastos...

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