SUPERINTENDENCIAS Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Resolución número SSPD - 20101300032565 de 2010, por la cual se adiciona la Resolución 20101300025855 del 28 de julio de 2010, por la cual se levanta la medida administrativa de toma de posesión de la empresa Centrales Eléctricas del Cauca S.A. E.S.P. Cedelca S.A. E.S.P. - 13 de Septiembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 220519947

SUPERINTENDENCIAS Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Resolución número SSPD - 20101300032565 de 2010, por la cual se adiciona la Resolución 20101300025855 del 28 de julio de 2010, por la cual se levanta la medida administrativa de toma de posesión de la empresa Centrales Eléctricas del Cauca S.A. E.S.P. Cedelca S.A. E.S.P.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín47831

RESOLUCION NUMERO SSPD - 20101300032565 DE 2010 La Superintendente de Servicios Publicos Domiciliarios (A), en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las Conferidas por la Ley 142 de 1994, en concordancia con el Estatuto Organico del Sistema Financiero, y CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios mediante Resolucion numero 009925 del 20 de diciembre de 1999, ordeno la toma de posesion de los bienes, negocios y haberes de Cedelca S.A. E.S.P. bajo la modalidad de toma de posesion para administracion.

Que en atencion a que Cedelca S.A. E.S.P. continuaba presentando debilidad financiera y administrativa, la Superintendencia de Servicios Publicos mediante Resolucion SSPD 20051300013845 del 13 de julio de 2005, modifico la modalidad de toma de posesion para administrar a toma de posesion con fines liquidatorios - Etapa de Administracion Temporal.

Que mediante Resolucion SSPD 20101300025855 del 28 de julio de 2010 la Superintendencia de Servicios Publicos levanto la medida de toma de posesion con fines liquidatorios - Etapa de Administracion Temporal, por las razones expuestas en la parte motiva de dicho acto administrativo.

Que en el articulo 2° de la Resolucion SSPD 20101300025855 del 28 de julio de 2010, se ordeno el levantamiento de las medidas preventivas dispuestas en el articulo 5° de la Resolucion numero 09925 del 20 de diciembre de 1999.

Que en la Resolucion SSPD 20101300025855 del 28 de julio de 2010, por error involuntario se omitio ordenar la comunicacion a los...

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