Ley 1070, por medio de la cual se reglamenta el voto de extranjeros residentes en Colombia. - 31 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43239980

Ley 1070, por medio de la cual se reglamenta el voto de extranjeros residentes en Colombia.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín46346

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Los extranjeros residentes en Colombia podrán votar en las elecciones y consultas populares de carácter municipal y distrital, del último lugar donde hayan fijado su domicilio.
Artículo 2° Las elecciones en las que podrán participar los extranjeros residentes en Colombia serán las de alcaldes Distritales y municipales, Concejos Distritales y municipales, y Juntas Administradoras Locales Distritales y municipales en todo el territorio Nacional.
Artículo 3° En el caso de las consultas populares de carácter municipal y distrital se regirá según los términos del Título V de la Ley 134 de 1994.
Artículo 4° Los extranjeros residentes en Colombia deberán inscribirse ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, dentro de los términos fijados por la ley para la inscripción de cédulas de nacionales colombianos, presentando la cédula de extranjería de residente.

Parágrafo 1°. La Registraduría Nacional del Estado Civil realizará la inscripción de los extranjeros residentes en Colombia en listados...

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