Ley 2083 de 2021, por medio del cual se modifica el artículo 380 del Código Penal - 18 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 861473849

Ley 2083 de 2021, por medio del cual se modifica el artículo 380 del Código Penal

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín51592

El Congreso de Colombia DECRETA:

Artículo 1º El artículo 380 del Código Penal (Ley 599 de 2000) quedará así:

Suministro ilegal a deportistas. El que, sin justificación terapéutica y con la finalidad de aumentar las capacidades deportivas, ya sean físicas o psicológicas, o modificar los resultados en competencias, suministre o administre a un deportista profesional o aficionado que participe en competencias deportivas, alguna sustancia o método calificado como prohibido por la Agencia Mundial Antidopaje (WADA) o por el ordenamiento jurídico, o lo induzca en el consumo, incurrirá en prisión de veinticuatro (24) a setenta y dos (72) meses y multa de sesenta y seis (66) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

A las sanciones previstas en el artículo 379 quedará sujeto el profesional o practicante de medicina, odontología, enfermería, farmacia o personal de apoyo del atleta que, en ejercicio de ellas, sin justificación terapéutica, y con la finalidad de aumentar las capacidades deportivas, ya sean físicas o psicológicas, o modificar los resultados en competencias, realizare las conductas previstas en este artículo.

Las penas se aumentarán hasta en la mitad, cuando:

  1. La conducta recaiga sobre un menor de edad.

  2. La conducta se realice mediante engaño o coacción.

  3. El responsable tuviere cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad sobre la víctima.

  4. Se realice en un escenario deportivo.

Artículo 2º Vigencia.

La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Arturo Char Chaljub.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Gregorio Eljach Pacheco.

El Presidente de la honorable Cámara de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR