Ley 2282 del 5 de enero de 2023 de Presidencia de la República
Número de Ley | 2282 |
Año | 2023 |
Fecha | 05 Enero 2023 |
LEY Nº.
22'82
"POR MEDIO
DE
LA CUAL SE CONMEMO~AN LOS 100 AÑOS DEL BANCO DE
LA REPÚBLICA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
EL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo
1.
La
Nación conmemora, exalta y reconoce los cien (100) años de creación
del Banco de
la
República, los cuales
se
cumplen
en
el
mes de julio del 2023.
Lo
anterior, teniendo
en
cuenta los inv~luables aportes a
la
organización económica e
institucional del país a través del manejo de
la
política monetaria, cambiaria y
crediticia, así como, de
su
contribución a
la
actividad cultural.
Artículo
2.
Autorícese
al
Gobierno Nacional para vincularse a
la
celebración del
centenario de creación del Banco de
la
República y gestionar, adelantar y desarrollar
todas las actividades culturales, ciclo de conferencias, publicaciones,
reconocimientos y demás actividades, así como incluir las apropiaciones
presupuestales necesarias para exaltar, organizar y promover los cien (100) años de
creación del Banco de
la
República.
Parágrafo 1.
La
presente autorización debe ejecutarse aplicando criterios de
austeridad
en
el
gasto.
Parágrafo 2. Las actividades a que hace referencia
el
presente artículo serán
realizadas
en
diferentes regiones del país, convocadas por medios masivos y se
permitirá
el
libre acceso
al
público.
Artículo
3.
Moneda conmemorativa. Autorícese
al
Banco de
!a
República acuñar
una moneda de curso legal conmemorativa de sus cien (100) años.
Parágrafo.
La
aleación, monto de emisión, valor facial, condiciones, precio de venta
y demás características de
la
moneda serán determinadas por
la
Junta Directiva del
Banco de
la
República.
Artículo
4,
Placa conmemorativa por parte del Congreso de
la
República. Autorícese
al
Congreso de
la
República
la
elaboración y ubicación dentro de sus instalaciones
de una placa conmemorativa por
el
centenario del Banco de
la
República. De igual
ri1anera,
el
Congreso de
la
República otorgará
_la
máxima condecoración
al
Banco de
la República
en
reconocimlento a
su
labpr· en
el
manejo de
la
política monetaria,
cambiaría y crediticia, así como, de
su
contribución
en
la
promoción y fomento de
la
actividad cultural.
Artículo
5.
La
presente Ley rige a partir de
su
promulgación.
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