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Ley 2291 del 17 de febrero de 2023 de Presidencia de la República

Número de Ley2291
Fecha17 Febrero 2023
"POR
MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
TRANSFORMA
LA
NATURALEZA
JURÍDICA
DEL
INSTITUTO
NACIONAL
DE
CANCEROLOGÍA
EMPRESA
SOCIAL
DEL
ESTADO,
SE
DEFINE
SU
OBJETO,
FUNCIONES,
ESTRUCTURA
Y
RÉGIMEN
LEGAL"
EL
CONGRESO
DE
COLOMBIA
DECRETA:
CAPÍTULO I
NATURALEZA,
DOMICILIO,
OBJETO
Y FUNCIONES
Artículo
1°.
Objeto.
Por
medio
de
la
presente ley
se
transforma
la
naturaleza
jurídica
del
Instituto Nacional
de
Cancerología Empresa Social del
Estado
en
una
entidad
pLlblica
de
naturaleza especial,
con
personería jurídica, patrimonio propio
y autonomía administrativa, técnica y financiera,
la
cual
se
denomina "Instituto
Nacional
de
Cancerología", perteneciente
al
sector descentralizado
de
la
rama
ejecutiva del orden nacional, adscrita
al
Ministerio de
Salud
y Protección
Social
e
integrante del Sistema General
de
Seguridad Social
en
Salud
y
el
Sistema
Nacional
de
Ciencia, Tecnología e Innovación.
Parágrafo 1°.
Los
derechos y obligaciones que a
la
fecha
de
promulgación
de
esta ley tengael Instituto, continuarán
en
favor y a
su
cargo como entidad estatal
de
naturaleza especial.
El
Instituto Nacional de Cancerología continuará
prestando
los
servicios que brinda a
los
pacientes y a
la
población
en
general.
Parágrafo 2°.
El
lV1inisterio
de
Ciencia, Tecnología e Innovación establecerá
los
lineamientos y financiación que
el
Instituto "'acional
de
Cancerología requiera
para
el
desarrollo
de
las
actividades
en
Ciencia, Tecnología, Desarrollo e
Innovación
en
Cáncer.
Artículo
2°.
Domicilio.
El
Instituto Nacional de Cancerología -INC tendrá
como domicilio
la
ciudad
de
Bogotá, D.C., ejercerá
sus
funciones a nivel
nacional, para
lo
cual
podrá contar
con
dependencias y centros regionales
en
el
nivel territorial.
Parágrafo.
El
Instituto I\lacional
de
Cancerología -INC podrá celebrar convenios
interadministrativos
con
las
entidades territoriales,
con
el
fin
de
establecer
secciona
les
o implementar
en
los
municipios y departamentos
los
diferentes
planes, programas y proyectosdel instituto.
Artículo 3°. Objeto del INC.
El
Instituto Nacional de Cancerología tendrá por
objeto desarrollar actividades
de
autoridad técnico-científica para
el
control
1
Inregral
del
cancer, realizar InvesngaClon, docencia y
educaClon
continua,
desarrollo e innovación, programas
de
salud pública
en
el
ámbito
de
la
prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación
de
la
enfermedad; prestar atención integral y ser centro
de
referencia
para
la
atención
e investigación
del
cáncer.
Artículo
4°.
Funciones y competencias.
Para
el
desarrollo
de
su
objeto
el
Instituto ejercerá
las
siguientes funciones y competencias:
1.
Asesorar y establecer
con
el
Ministerio
de
Salud y Protección
Social
en
la
definiciónde
los
objetivos
del
control
del
cáncer, específicamente
en
el
control
riesgo, detección temprana, tratamiento integral, cuidados paliativos,
vigilancia epidemiológica ydesarrollo del talento humano
en
oncología.
2. Asesorar
al
Ministerio
de
Salud
y Protección
Social
en
la
formulación,
seguimiento y evaluación
en
los
planes nacionales
de
salud pública para
el
control
del
cáncer, programas y proyectos relacionados
con
el
control
del
cáncer,
así
como
las
políticas, planes, programas y proyectos
de
control
de
las
enfermedades neoplásicas y relacionadas.
3.
Ser
organismo asesor y articulador
en
el
ámbito nacional
en
materia de
investigación, desarrollo e innovación, docencia, vigilancia epidemiológica,
prevención, atención y control
de
las
enfermedades neoplásicas y
relacionadas.
4.
Asesorar
a!
Ministerio
de
Salud
y Protección
Social
en
la
definición
de
los
estándaresy criterios
de
cumplimiento
de
las
condiciones
de
habilitación de
los
servicios oncológicos,
los
criterios de evaluación, monitoreo y
seguimiento a
la
calidad y
de
los
modelos
de
atención
de
los
servicios
oncológicos.
s.
Apoyar técnicamente a
las
secretarías departaQlentales, municipales y
distritales
de
salud cuando
así
lo
soliciten para adelantar, a nivel territorial,
las
políticas, planes, programas relacionados
con
la
prevención,
el
diagnóstico, tratamiento y rehabilitación
de
las
enfermedades neoplásicas y
relacionadas.
6. Desarrollar relaciones y vínculos formales
con
agencias y entidades públicas
y privadas,
en
el
marco
de
la
normatividad vigente, para consolidar
la
presencia regional y territorial
del
Instituto.
7. Diseñar, coordinar y evaluar programas
de
prevención y detección precoz
de
enfermedades
neoplásicasy
relacionadas prevalentes
en
la
población
colombiana y fortalecer
la
atención primaria
en
salud.
8. Asesorar a
las
entidades públicas y privadas
en
el
diseño y
la
implementación
de
los
modelos
de
atención
en
cáncer e incentivar nuevos modelos
de
prestación
de
servicios.
9.
Coordinar y ejercer
las
actividades
para
la
vigilancia
de
la
calidad dentro
de
las
acciones
de
detección temprana
de
enfermedades neoplásicas y
2

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