Ley 2302 del 12 de Julio de 2023 de Presidencia de la República - Normativa - VLEX 942504890

Ley 2302 del 12 de Julio de 2023 de Presidencia de la República

Fecha12 Julio 2023
Número de Ley2302
LEYNo.2302
-2 .J
lI
L
...
2
0
2~t
-. _ . .
POR MEDIO DE
LA
CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA
DEFENSA E INTEGRIDAD TERRITORIAL
EN
EL ÁMBITO ESPACIAL Y SE
.DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
Artículo 1
0.
Objeto.
La
presente ley establece medidas para garantizar
la
defensa e integridad territorial en
el
ámbito espacial. en
el
marco general para
el
desarrollo de las actividades espaciales en Colombia, considerando
el
importante
papel que
el
Estado debe tener
en
este campo para
la
promoción y desarrollo del
sector espacial, así como en
la
ejecución de actividades
en
el espacio exterior,
incluido
la
Luna y otros cuerpos celestes. en concordancia con
la
Constitución y
los tratados internacionales ratificados
en
la
materia, procurando que las mismas
se desarrollen
en
condiciones que
no
constituyan
un
riesgo para
la
seguridad y
defensa nacional,
la
operación aérea y espacial, y
la
soberanía nacional.
Artículo
2.
Actividades espaciales controladas. Las actividades espaciales
podrán ser desarrolladas al
int¡:jr!rJr
del territorio nacional por personas naturales
o jurídicas, de carácter público o privado.
Se podrán desarrollar las siguientes actividades espaciales controladas, previo
control y supervisión del Ministerio de Defensa Nacional -Fuerza Aérea
Colombiana:
a)
Lanzamiento de vehículos orbitales.
b)
Pruebas de vehículos orbitales.
c)
Lanzamiento de vehículos suborbitales.
d) Pruebas de vehículos suborbitales.
Artículo 3°. Protección al
medio
ambiente. Las actividades espaciales
permitidas
en
Colombia, deberán garantizar
la
minimización de los efectos
adversos de estas
en
el
medio ambiente, tanto en
la
Tierra, como
en
el
espacio
exterior. Así mismo, procurarán por el mantenimiento del uso sostenible del
espacio, específicamente, a través de
la
disminución de emisión de desechos
espaciales de tal forma que
no
se
produzca una contaminación nociva
ni
cambio
desfavorables
en
el
medio ambiente de
la
Tierra.
Artículo
4.
Obligación de registro. Previo al lanzamiento de cualquier objeto
espacial desde
el
territorio co:ombiano o a nombre del Estado colombiano,
el
mismo deberá registrarse de conformidad con
el
Convenio de Registro de Objetos
Lanzados
al
Espacio Ultrateírestre
rat:
ificado por Colombia. Los lanzamientos
deberán contar con
el
concepto favorable del Ministerio de Defensa Nacional -
Fuerza Aérea Colombiana, con
el
objeto de controlar, supervisar y regular que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR