Ley 2337 de 2023, por medio de la cual se fomenta la inclusión y participación de las mujeres en los programas para el emprendimiento, formación y desarrollo empresarial - 12 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 950550332

Ley 2337 de 2023, por medio de la cual se fomenta la inclusión y participación de las mujeres en los programas para el emprendimiento, formación y desarrollo empresarial

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín52546

El Congreso de Colombia DECRETA:

Artículo 1º Objeto.

La presente ley tiene por objeto disminuir la brecha de género en el país al garantizar la obligación de participación mínima de mujeres, incluyendo a las mujeres transgénero, en los proyectos, programas, instrumentos, fondos y recursos dirigidos al fomento del desarrollo empresarial, emprendimiento, innovación y formación de las personas; que son organizados por las entidades del orden nacional y del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación. Esta ley tiene por igual objeto fomentar la vinculación de la mujer a los programas de formación en carreras STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas) organizados por las entidades nacionales, sectores administrativos e instituciones de educación superior en el marco de su autonomía.

Parágrafo 1º. Dentro de la aplicación de las disposiciones consagradas en la presente ley se garantizará la inclusión y práctica de un enfoque diferencial étnico, que reconozca y atienda las características, condiciones y realidades propias de las mujeres pertenecientes a comunidades étnicas del país.

Parágrafo 2º. La expresión mujeres a la que hace referencia el articulado incluye a las mujeres transgénero.

Artículo 2º Criterios para determinar la participación obligatoria de mujeres.

La Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, en articulación con el Ministerio de Comercio, el SENA, la Dirección de Mujer Rural del Ministerio de Agricultura, iNNpulsa Colombia y el Ministerio de la Información y las Comunicaciones; y contando con la participación de las entidades territoriales y organizaciones no gubernamentales de mujer, elaborará en los seis (6) meses siguientes a la expedición de esta ley un documento de política que trace los principios, objetivos, criterios, procedimientos de diagnóstico e indicadores de verificación y seguimiento cualitativo y cuantitativo, que orientarán la identificación de brechas de género y las asignaciones del porcentaje mínimo obligatorio de mujeres a...

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