Ley 912 de 2004 - 22 de Octubre de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451441830

Ley 912 de 2004

LEY 912 DE 2004 por medio de la cual se institucionaliza el tercer domingo del mes de septiembre de cada año como Día Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Institucionalízase el Día Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física, el cual se celebrará el tercer domingo del mes de septiembre de cada año.
Artículo 2º

En homenaje al deporte, la recreación y la educación física y en reconocimiento a todos los deportistas de Colombia, se celebrará cada año un evento especial de conmemoración donde podrán participar todos los integrantes del Sistema Nacional del Deporte, organizaciones deportivas, patrocinadores deportivos, medios de comunicación y demás colaboradores en el fomento y práctica del deporte, la recreación y la educación física.

Artículo 3° El Director del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, podrá contribuir en la celebración del Día Nacional del Deporte con actividades y programas que se encuentren apoyados dentro del Plan Nacional del Deporte.
Artículo 4º La presente ley rige a partir de su sanción y promulgación.

El Presidente del Senado de la República,

Luis Humberto Gómez Gallo.

El Secretario General...

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