Ley 543, por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Argentina hecho en Santa Fe de Bogotú D. C. el veintidos (22) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994). - 31 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130815

Ley 543, por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Argentina hecho en Santa Fe de Bogotú D. C. el veintidos (22) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

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Número de Boletín43837

DIARIO OFICIAL 43.837 LEY 543 23/12/1999 por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Argentina", hecho en Santa Fe de Bogotú, D. C., el veintidos (22) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994). El Congreso de Colombia Visto el texto del "Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Argentina", hecho en Santa Fe de Bogotá, el veintidós (22) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994), que a la letra dice: (Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del Instrumento Internacional mencionado, debidamente autenticado por el Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores). «ACUERDO DE COOPERACION EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Los Gobiernos de la República de Colombia y de la República de Argentina, a través del Ministerio de Comunicaciones de la República de Colombia y la Subsecretaría de Comunicaciones de la República de Argentina, al examinar el estado de Integración del Sector de Telecomunicaciones de los dos países, RECONOCEN la necesidad de definir precisos objetivos y de establecer metodologías de trabajo y coordinación, que permitan acelerar los procesos de integración dentro del Marco de la Decisión de Buenos Aires para la Integración y cooperación Económica entre la República Argentina y la República de Colombia. RECONOCEN así mismo que el carácter estratégico de este sector como factor integrador de nuestros pueblos, para su desarrollo económico, social y cultural, obliga a nuestros Gobiernos a concederle especial importancia, pues de ello depende el lograr, en el plazo más corto, el servicio universal, es decir, que todo ciudadano tenga acceso a los servicios básicos de telecomunicaciones, con adecuados parámetros de calidad y a costos razonables. CONVENCIDOS de que las telecomunicaciones constituyen un poderoso instrumento para la promoción de la integración en la región, del conocimiento recíproco, el mutuo entendimiento y la buena voluntad entre los pueblos, han convenido lo siguiente: ARTICULO I Celebrar negociaciones entre delegaciones representativas de los dos gobiernos con el fin de promover la cooperación y llevar a cabo intercambios en los diversos aspectos en materia de telecomunicaciones, que posibiliten la suscripción de convenios en la materia...

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