Ley 653, por medio de la cual se modifica el artículo 5° de la Ley 281 de 1996. - 26 de Mayo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43157690

Ley 653, por medio de la cual se modifica el artículo 5° de la Ley 281 de 1996.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín44436

DIARIO OFICIAL 44.436 LEY 653 24/05/2001 por medio de la cual se modifica el artículo 5° de la Ley 281 de 1996. El Congreso de Colombia DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase por un (1) año el plazo contemplado en el artículo 5° de la Ley 281 de 1996

Parágrafo 1°. Los actos y operaciones de que trata la Ley 281 de 1996, se entenderán ampliados por igual plazo. Parágrafo 2°. Facúltase a la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, para administrar íntegramente y en forma autónoma, todos los asuntos que guarden relación con la cartera hipotecaria de vivienda a fin de que pueda cumplir con rapidez y eficacia su función liquidadora.

Artículo 2° La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente del honorable Senado de la República, Mario Uribe Escobar. El Secretario General del honorable Senado de la República, Manuel Enríquez Rosero. El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Basilio Villamizar...

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