Ley 956, por medio de la cual se honra la memoria de la Poeta María Mercedes Carranza. - 16 de Junio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43223056

Ley 956, por medio de la cual se honra la memoria de la Poeta María Mercedes Carranza.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín45941

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º El Congreso de la República de Colombia honra la memoria de la Poeta María Mercedes Carranza.
Artículo 2º Autorícese al Gobierno Nacional para la emisión de una estampilla con la siguiente leyenda: María Mercedes Carranza, Poeta "Descanse en paz la guerra".
Artículo 3º Encárguese al Instituto Caro y Cuervo la recopilación y selección de la obra de la Poeta María Mercedes Carranza.
Artículo 4º Autorícese al Gobierno Nacional para concurrir a la conservación, restauración y mantenimiento de la Casa de Poesía Silva, ubicada en la Calle 14 número 3-41 de la ciudad de Bogotá, D

C.

Artículo 5º Autorícese al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales necesarias para los efectos contemplados en la presente ley.
Artículo 6º La presente ley rige a partir de su promulgación.

El Presidente del Senado de la República,

Luis Humberto Gómez Gallo.

El Secretario General del Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

La Presidenta de la Cámara de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR