Ley 1446 del 26 de mayo de 2011 cámara - 1 de Julio de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451403518

Ley 1446 del 26 de mayo de 2011 cámara

LEY 1446 DEL 26 DE MAYO DE 2011 CÁMARA. por la cual se introducen algunas modificaciones a los artículos 42.18. y 43.1.8 de la Ley 715 de 2001.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 42.18 de la Ley 715 de 2001 quedará así:

Artículo 42.18. Reglamentar el uso de los recursos destinados por las entidades territoriales para financiar los Tribunales Seccionales de Ética Médica y Odontológica y los Tribunales Departamentales y Distritales Éticos de Enfermería.

Artículo 2° El artículo 43.1.8 de la Ley 715 de 2001 quedará así:

Artículo 43.1.8. Financiar los Tribunales Seccionales de Ética Médica y Odontológica y los Tribunales Departamentales y Distritales Éticos de Enfermería y vigilar la correcta utilización de los recursos.

Artículo 3° La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República

Armando Benedetti Villaneda

El Secretario General del honorable Senado de la República

Emilio Ramón Otero Dajud

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Carlos Alberto Zuluaga Díaz

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá...

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