Leyes sancionadas 709 del 21 de noviembre de 2001 - 5 de Diciembre de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451253006

Leyes sancionadas 709 del 21 de noviembre de 2001

LEYES SANCIONADAS 709 DEL 21 DE NOVIEMBRE DE 2001 por medio de la cual se autoriza a la asamblea departamental del Guaviare para emitir la estampilla Pro-Hospitales del departamento del Guaviare.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Objeto y valor de la emisión. Autorícese a la Asamblea Departamental del Guaviare para que ordene la emisión de la Estampilla Pro-Hospitales del Departamento del Guaviare hasta por la suma de 4.000 millones de pesos a precios del año 2000.

La Secretaría de Hacienda del departamento del Guaviare y los municipios que conforman este Departamento tomarán las medidas presupuestales pertinentes a fin de que el recaudo y la asignación se logre de la siguiente manera.

Un 50% 2.000 millones para el primer año y un 50%, 2.000 millones para el segundo año de la vigencia de la presente ley.

Artículo 2° Destinación

El producido de la Estampilla a que se refiere el artículo anterior se destinará de conformidad con el siguiente orden de prioridades.

  1. Adquisición, mantenimiento, y reparación de los equipos requeridos para los diversos servicios que se prestan en las instituciones hospitalarias a la que se refiere el artículo anterior para desarrollar y cumplir adecuadamente con las funciones propias de cada uno;

  2. Dotación de instrumentos para los diferentes servicios;

  3. Compra de drogas y medicamentos necesarios para la ejecución de procedimientos médicos que sean de ocurrencia frecuente en la región;

  4. Mantenimiento, ampliación, y remodelación de la planta física;

  5. Acciones...

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