Licitación 006084 - 16 de Enero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43170175

Licitación 006084

Número de Boletín44678

DIARIO OFICIAL 44.678 LICITACIÓN 006084 16/01/2002 Empresas Públicas de Medellín, E.S.P. contratación número 006084 EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN E.S.P. CONSTRUCCION Y REPARACION DE REDES Y OBRAS ACCESORIAS DE ALCANTARILLADO EN LAS ZONAS SUR, CENTRO Y NORTE DEL VALLE DE ABURRA Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., están interesadas en recibir propuestas para la construcción y reparación de redes y obras accesorias de alcantarillado en las zonas sur, centro y norte del Valle de Aburrá. PARTICIPANTES: Podrán participar personas naturales y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos: Proponentes individuales: Que a la fecha de cierre de esta contratación se encuentren clasificados en el Registro de Contratistas de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en el grupo 8: ¿Construcción de canalizaciones subterráneas para extensión de redes y obras de infraestructura en concreto¿, con una categoría y una capacidad de contratación como se señala a continuación: Para el grupo 1 K= 1450 o mayor y categoría C o superior. Para el grupo 2 K= 1750 o mayor y categoría D o superior. Para el grupo 3 K= 1950 o mayor y categoría D o superior. Para participar en más de un grupo se requiere que la capacidad de contratación de la firma sea igual o superior a la mayor de las capacidades de contratación exigidas para los grupos en los cuales desea participar y tener una categoría igual o superior a la mayor de las categorías exigidas para los grupos en los cuales desea participar. Para la presente contratación se precisa que un mismo proponente sólo podrá optar a la aceptación de oferta de sólo uno cualquiera de los grupos cotizados; esto es, en ningún caso se adjudicará más de un grupo a un mismo proponente. Para la aceptación de la oferta de un grupo cualquiera, el proponente deberá poseer una capacidad disponible de contratación ¿Ko¿ igual o superior a la antes mencionada para cada uno de los grupos en que esté opcionado, la cual se calculará de acuerdo con el Decreto 085 de noviembre de 1989 y además tener una categoría igual o superior a la exigida para el grupo en opción de aceptación. En el evento de que un mismo proponente esté opcionado para la aceptación de ofertas para más de un grupo, las Empresas harán las combinaciones económicas respectivas con la sumatoria de precios unitarios de cada grupo, y seleccionará la combinación económica más favorable para las mismas para efecto de aceptación de las ofertas. El proponente deberá presentar el...

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