Resolución número 2744 de 2012, por la cual se fijan los lineamientos requeridos por el Ministerio de Cultura para la entrega de la Maleta de Películas a las entidades territoriales y/o Bibliotecas Públicas. - 11 de Noviembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 406588550

Resolución número 2744 de 2012, por la cual se fijan los lineamientos requeridos por el Ministerio de Cultura para la entrega de la Maleta de Películas a las entidades territoriales y/o Bibliotecas Públicas.

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín48611

La Ministra de Cultura, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 1185 de 2008, sus Decretos Reglamentarios y en especial en desarrollo del artículo 12 de la Ley 1185 de 2008, y CONSIDERANDO: Que el artículo 70 de la Constitución Política señala como deber del Estado promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente, la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional; Que el artículo 71 ibídem establece que la búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades; Que la Ley 397 de 1997, en su artículo 66, crea el Ministerio de Cultura, como el organismo rector de la cultura, encargado de formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en la materia, en concordancia con los programas y planes de desarrollo, según los principios de participación contemplados en esa ley; Que el artículo 1º numeral 11 de la Ley 397 de 1997 define como principio fundamental el deber del Estado de fomentar la creación, ampliación y adecuación de la infraestructura artística y cultural y garantizar el acceso de todos los colombianos a la misma; Que el artículo 40 de la Ley 397 de 1997, determina que el Estado, a través del Ministerio de Cultura, de Desarrollo Económico, y de Hacienda y de Crédito Público, fomentará la conservación, preservación y divulgación, así como el desarrollo artístico e industrial de la cinematografía colombiana como generadora de una imaginación y una memoria colectiva propias y como medio de expresión de nuestra identidad nacional; Que la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura, tiene como misión la de propender por un país con una cultura audiovisual propia y estable, con logros y propuestas para el mejoramiento de la calidad del lenguaje de imágenes en movimiento y con viabilidad industrial que garantice su permanencia en el tiempo; Que para cumplir con su Misión, la Dirección de Cinematografía desarrolla diversos programas que inciden en la investigación, legislación, formación, producción, infraestructura, difusión, distribución, exhibición y conservación de la industria cinematográfica; Que el artículo 12 de la Ley 1185 de 2008, faculta a la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura para hacer entrega de materiales pedagógicos a entidades públicas y sin ánimo de lucro para contribuir a la circulación de contenidos cinematográficos; Que la Dirección de Cinematografía desarrolla estrategias y programas en los diferentes eslabones de la cadena cinematográfica y audiovisual, que se articulan para ofrecer de manera integral oportunidades de gestión, formación para la creación, formación de públicos, circulación de contenidos audiovisuales y cinematográficos, investigación, gestión audiovisual, preservación del patrimonio audiovisual y acceso a la cultura cinematográfica y audiovisual a personas y organizaciones dispuestas a construir y fortalecer procesos audiovisuales desde distintos niveles de desarrollo; Que la Dirección de Cinematografía ha desarrollado un Programa de Circulación contenidos y formación de públicos que tiene como objetivo ampliar la oferta de cine colombiano en el país a través de bibliotecas, centros culturales y académicos con la colección Maletas de Películas que consta de:

· 118 cajas

· Una cartilla con el desarrollo de conceptos cinematográficos claves para la implementación de procesos de formación de públicos.

· Un CD multimedia con clips que acompañan los conceptos desarrollados en la cartilla y que contiene una guía de programación cuya utilidad es ofrecer diversas posibilidades de programación; ya sea por subcolecciones, públicos o géneros, entre otros.

· Un estuche de madera Dimensiones: Ancho 49 cm / Profundidad 30 cm / Altura 29,5 cm y materiales: Triplex (pino) 18 mm Corte CNC. Sellador y laca natural mate. Acrílico 3 mm Corte CNC incrustación en color.

· 118 películas en DVD; Que para dar cumplimiento a los anteriores preceptos constitucionales y legales y acatando los principios de igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia, es necesario mediante el presente acto administrativo fijar los presupuestos básicos requeridos por el Ministerio de Cultura para la entrega de las Maletas de Películas y determinar la dependencia que al interior del Ministerio de Cultura debe velar por el cumplimiento de los presupuestos establecidos mediante la presente resolución; En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1º. Lineamientos para la dotación de las Maletas de Películas. Fijar los linea-mientos básicos para la entrega de las dotaciones de las Maletas de Películas con destino a las entidades territoriales y/o a las Bibliotecas Públicas que hacen parte de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas. Artículo 2º. Requisitos básicos para ser beneficiario de la dotación de Maletas de Películas. Para ser beneficiario de la dotación de las Maletas de Películas, las entidades territoriales y/o Bibliotecas Públicas, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Requisitos básicos: Para lograr la realización y sostenibilidad de los procesos de formación de públicos y la circulación de contenidos cinematográficos y audiovisuales que se pretenden llevar a cabo con las Maletas de Películas, es necesario que las bibliotecas públicas y/o las entidades...

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