Líos de convivencia por mascotas en conjuntos - 12 de Junio de 2021 - El Tiempo - Noticias - VLEX 868885242

Líos de convivencia por mascotas en conjuntos

Abogada - Asesora externaNORA PABÓN GÓMEZConsultan los lectores "Desde hace 5 años el consejo decidió unilateralmente cambiar una zona verde ubicada en una de las torres del conjunto por 'Zona de mascotas', generando incomodidad y problemas de salubridad por el inadecuado manejo sanitario por parte de la administración. "Los promotores de salud pública que hicieron presencia en la zona la definieron como inadecuada, pero para el asesor jurídico la costumbre se volvió ley. ¿Cómo se debe proceder para retirar la mencionada zona de mascotas? Los vecinos de la torre aledaña debemos soportar malos olores moscas y situaciones como la del registro fotográfico." Respuesta El caso de la consulta y similares deben ser analizados por los órganos de administración, que fueron los que al parecer originaron y, además, han permitido esta situación, teniendo en cuenta varias normas. La Constitución Política que protege los derechos fundamentales de los residentes y ocupantes de los inmuebles; las normas urbanísticas y de propiedad horizontal del conjunto contenidas en el reglamento y en los planos de propiedad horizontal donde se determina la destinación de los bienes comunes. La Ley 675 de 2001 que establece que "cuando se trate de cambios que afecten la destinación de los bienes comunes o impliquen una sensible disminución en su uso y goce, se requiere de la aprobación de la asamblea (presencial) con un quorum decisorio del 70 por ciento del total de coeficientes de copropiedad del edificio o conjunto". Las contenidas en el Código Nacional de Policía y que regulan los comportamientos relacionados con la tranquilidad y la salubridad y otras normas que regulan el derecho a la tranquilidad, a la salud y a un ambiente sano. Considero que tal como enuncia la lectora los antecedentes de este caso, se estarían desconociendo todas las citadas disposiciones que generan un desequilibrio entre los derechos de quienes utilizan la zona con los que tienen que soportar situaciones diarias que los afectan. Este caso se debe resolver a través de los mecanismos de solución de conflictos. En el evento de persistir la vulneración de estos derechos, los afectados pueden acudir a las autoridades policivas por perturbación del uso y goce de sus inmuebles para que se impongan las medidas correctivas del caso y sin perjuicio de la responsabilidad que puede atribuirse a la administración y al consejo por los perjuicios causados con sus acciones u omisiones. Mascotas exóticas "En...

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