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¿Cómo se liquida el Impuesto con base mínimas presuntivas?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas123-123
Preguntas y Respuestas 123
b) PARA LOS PARQUEADEROS:
CLASE PROMEDIO DIARIO POR METRO CUADRADO
A1.5% de 1 SMDLV ($268, año gravable 2011).
B1.0% de 1 SMDLV ($179, año gravable 2011).
C0.8% de 1 SMDLV ($143, año gravable 2011).
Son clase A, aquellos cuya tarifa por vehículo - hora es superior a 0.25 salarios mínimos
diarios. Son clase B, aquellos cuya tarifa por vehículo - hora es superior a 0.10 salarios
mínimos diarios e inferior 0.25. Son clase C, los que tienen un valor por hora inferior a
0.10 salarios mínimos diarios.
c) PARA LOS BARES:
CLASE PROMEDIO DIARIO POR SILLA O PUESTO
TODAS 11% de 1 SMDLV ($1.964, año gravable 2011).
(043) ¿Cómo se liquida el Impuesto con base mínimas presuntivas?
El valor del ingreso promedio diario por unidad de actividad, deberá ser multiplicado por
el número de unidades del establecimiento, para obtener el monto mínimo de ingresos
netos diarios del respectivo establecimiento.
A pesar de no existir una de nición normativa dentro del Acuerdo 41 de 2006, se puede
presumir que la liquidación de bases mínimas presuntivas tomando como bases de
sistemas similares en otras ciudades se liquidará así: El así obtenido se multiplicará por
trescientos sesenta (360) y se le descontará el número de días correspondiente a sábados
o domingos, cuando ordinariamente se encuentre cerrado el establecimiento en dichos
días. De esta manera se determinará la base gravable mínima de la declaración anual
sobre la que deberá tributar, si los ingresos registrados por el procedimiento ordinario
resultaren inferiores.
(044) ¿Cuál es la Base Gravable especial para las cooperativas de trabajo asociado?.
Conforme con el artículo 53 de la Ley 863 de 2003, que adiciona el artículo 102-3
del Estatuto Tributario Nacional, se establece que en los servicios que presten las
cooperativas de trabajo asociado, para efectos de los impuestos territoriales, las empresas
deberán registrar el ingreso así: del ciento por ciento del contrato se debe restar la parte
correspondiente a la compensación ordinaria y extraordinaria de conformidad con el

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