La lucha por la aplicación del principio del doble conforme en el proceso penal colombiano - Núm. 25, Enero 2021 - Cuadernos de Derecho Penal - Libros y Revistas - VLEX 926329823

La lucha por la aplicación del principio del doble conforme en el proceso penal colombiano

AutorDra. Norma Consuelo Ardila Mateus
CargoAbogada de la Universidad Incca; especialista en Derecho Administrativo de la Universidad San Tomás, en Derecho Penal, de la Universidad Católica y, en Derechos Humanos, de la Universidad Sergio Arboleda; este trabajo recoge la investigación adelantada para cumplir con el requisito de grado de la Maestría en Derecho, Línea de Investigación en ...
Páginas17-64
La lucha por la aplicación del principio del doble
conforme en el proceso penal colombiano
Norma Consuelo Ardila Mateus*
Resumen: Este trab ajo analiza los debates jurídicos en torno a la aplicación
judicial en Colombia del principio del doble conforme consagrado en
la Convención Americana de Derechos Humanos , pero cuya elevación
constitucional solo vino a darse a trav és de una enmienda en enero de 2018. En
especial, se estudia el respeto por e sta garantía, impuesto por interpretación
jurisprudencial, a partir del 25 de abril de 2016 , y la lucha por hacerla obligatoria
antes de esta fecha en virtud del control de co nvencionalidad.
Palabras clave: control de convencionalidad, doble instancia, principio de doble
conformidad, aforados constitucionales e impugnación especial.
Abstract: This paper analyzes the legal debates around the judicial enforcement
in Colombia of the right to appeal the first judgment of conviction, which is
recognized as a minimum guarantee in the American Convention on Human
Rights, but that was only codified in the Colombian Constitution under an
amendment issued on January 2018. Mainly, this paper studies the granting of
this right imposed by local case law interpret ation as of April 25, 2016, and the
fight to make it mandatory before this date by the control of conformity w ith the
Convention.
Keywords: control of conformity, right to appeal, right to appeal th e conviction,
high state officials entitled constitutional pri vilege and special appeal.
* Abogada de l a Universidad Incca; espec ialista en Derecho Adm inistrativo de la Un iversi-
dad San Tomás, en Derecho Pena l, de la Universid ad Católica y, en Derechos Humanos,
de la Universid ad Sergio Ar boleda; este t rabajo recoge la i nvestiga ción adelanta da para
cumplir con el r equisito de g rado de la Mae stría en De recho, Línea de Invest igación en
Derecho Procesa l Penal, de la Univer sidad Serg io Arboleda y f ue dir igido por el profe-
sor Luis And rés Fajardo A rturo. Cor reo electr ónico de contacto: norm aconsuelo1970@
yahoo.co m.
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Norma Consuelo Ardila Mateus
ISSN: 2027-1743 / 2500-526x (en línea) enero-junio de 2021
Introducción
Este texto busca responder a la preg unta de si, en el ordenamiento jurídico
patrio, el principio de doble conformidad debe cobijar sin límite de tiempo
a todas las condenas que no tenían la posibilidad de ser impugnadas antes de
la implementación del acto legislativo 01 de 2018, o si tal garantía debe ser
aplicable solo a partir de una fecha determinada. La respuesta a este problema
es armativa: las g arantías derivadas de la Convención Americana han de
ser otorgadas desde el momento en que el tratado se convirtió en derecho
positivo. Consecuentemente, la temática aquí analizada ausculta la vigencia,
en la práctica judicia l penal local, del control de convencionalidad que busca
que todos los órganos del Estado, como parte que es de la Convención,
incluidos sus jueces, haga n respetar los derechos y garantía s consagrados en
este instr umento internacional sin importar si el los están o no previstos en
la legislación interna (Henr íquez, 2015): los derechos convencionales no
pueden tener como límite el ordenamiento interno de los Estados parte de
la Convención.
Al plantear el anterior problema, de un lado, se persigue como objetivo
general resaltar la contradicción existente entre un discurso (doctr inal y el
jurisprudencial) que pregona el imperio del bloque de constitucionalidad
pero que, cuando se trata de aplicar garantías procesa les derivada s de tratados
internacionales que forman par te de él, resulta parando mientes en el gusto
político que los operadores jurídicos tienen por el beneciario de turno.
De otro lado, se persiguen varios objetivos especícos, entre ellos, hacer
un recorrido doctrina l y jurisprudencial por los hitos más destacados –tanto del
sistema interamericano de derechos humanos como de la judicatura loca l– que
han abordado esta problemática. También, se busca como objetivo particular
repasar el desarrollo del principio del doble conforme en la legislación de
algunos países latinoamericanos y, nalmente, comentar la manera en que
el principio de doble conformidad ha sido implementado a partir del Acto
Legislativo 01 de 2018.
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En este recorrido se constata como, no sin curiosidad, la entidad
que por antonomasia debiera ser el paladín de aquellas garantías (la Sala
de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia) ha jugado el papel de
principal obstáculo institucional tanto que su par, la Sala de Casación Civil,
ha resultado ser la defensora del citado elemento tutelar del debido proceso a
cuyo efecto ha esgrimido una muy sólida argumentación.
La metodología util izada es la propia de la investigación bibliográca
(Giraldo, 2002). Para ello el estudio se estruct ura a partir de la recolección,
clasicación y análisis de fuentes formales del derecho, vale decir, piezas
doctrinales, textos normativos y pronunciam ientos jurispr udenciales sobre la
materia, con un én fasis especíco en aquellos confeccionados a partir de la
Sentencia C-792 de 2014 emitida por la Corte Constitucional, que concedió
al Congreso de la República un plazo de un año para regular la impug nación
de todas las sentencias condenatorias. Desde luego, esto no signica que este
artícu lo aborde la integridad de las cuest iones que las condenas sin posibilidad
de revisión han generado en todo el mundo occidental; la pretensión es
mucho más limitada y se centra en las complejidades que despiertan las
soluciones propuestas a este problema en el ámbito nacional.
El estudio se justica por la necesidad de develar que, en nuestro país,
no se aplica en su integridad la garantía del doble conforme en virtud de
múltiples excusas o interpretaciones carentes de lógica procesal, atribuibles
ellas a decisiones de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia
o de la Corte Constitucional. Asimismo, esta investigación es pert inente en
estos tiempos, pues a pesar de los compromisos internacionales del Estado,
el que tiene que ver con la mentada garantía procesal sigue sin ser respetado
a plenitud. Se espera, entonces, que los operadores jurídicos y la academ ia
interesada en las garantías propias del proceso pena l sean la audiencia a la que
estas línea s pueda n intere sar.
Con tales mi ras, la exposición comienza con la noción de doble para luego
abordar el origen de esta gura y su manifestación en el derecho comparado,
en concreto el de varios países del hemisferio. A continuación, se habla de

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