Marco jurídico de la generación de electricidad a partir de fuentes renovables
Autor | Cristina Vázquez Pedruozzo |
Páginas | 537-583 |
cristina vázquez pedruozzo
Marco jurídico de la generación de electricidad
a partir de fuentes renovables
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introduccin
El consumo en el sector de las energías primarias se elevó a tasas crecientes
desde 1940 y hasta 1973. Desde este año, el incremento comenzó a producirse
a tasas decrecientes.
Según explicara Paul Appleby, director de Economía Energética de Bri-
tish Petroleum, en la presentación de los datos del Anuario Estadístico de la
Energía Mundial 2013, el consumo de energía continúa cayendo en el mundo
desarrollado. Los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (ocde) utilizaron en 2012 un 1,2% menos energía que en el año
previo, lentificándose el crecimiento del consumo en el resto de países, que
ya suponen el 6% del consumo energético global. Esta tendencia se explica
por la situación de crisis económica y la mayor eficiencia en el consumo, con-
secuente con los altos precios.
El consumo mundial de energía creció un 1,8% en el último año, muy
por debajo de la media de 2,6% de los últimos diez años. En dicho consumo
mundial, la porción de las energías renovables fue del 8,%, ubicándose su
crecimiento por encima del resto, en un 1,2%, a pesar del retiro de ayudas y
subsidios en varios países a consecuencia de la recesión.
Este es el escenario mundial en el que viene desarrollándose en Uruguay
la política de promoción de las energías renovables.
I. lneas de poltica, principios rectores,
estructura y funcionamiento del mercado elctrico
A. la poltica de estado
Como recuerda Cajarville, la Constitución de 1967 (cp) concibe y diseña un
Poder Ejecutivo conductor y orientador político. Luego de definir a la política
como “actividad de dirección u orientación, de impulso y coordinación, me-
diante la cual se determina los fines u objetivos a alcanzar, las metas a cumplir,
y en sus grandes lineamientos los medios a utilizar para lograrlos”, el autor
señala que el fin de un sector puede constituir medio para los fines de otro,
dando lugar así a las políticas sectoriales.
La fijación de políticas constituye cometido esencial del Estado en cuanto
es inherente a su calidad de tal, cometido que no se concibe sino ejercido por
él directamente, no pudiendo encargarse a particulares, ni siquiera en régimen
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