Mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad - Núm. 78, Noviembre 2016 - Faceta Juridica - Noticias - VLEX 654949837

Mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad

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URÍDIC 41
dicho que, en relación con un procedimiento de anticoncepción quirúrgica
    
     
menos invasivas y que la esteriliza ción no ofrece protección de las infeccio-
nes de transmisión sexual.
En conclusión puede indicarse que: (i) el consentimiento informado en el
ámbito de las intervenciones de la salud mater ializa importantes postu lados
constitucionales como el principio de autonomía, el derecho a la in formación
y el derecho a la salud, entre otros. Pese a ello, este mandato no e s absoluto y

en situaciones excepcionales.
(ii) El consentimiento informado deb e ser libre, es decir, voluntario y sin
que medie ninguna i nterferencia indebida o coacción; e informado, en el sen-


(iii) En algunos casos y debido al grado de complejidad e invasión del pro-
cedimiento médico a realizar, se requiere de un consentimiento informado
 
tomar su decisión se encuentra directamente relacionada con la compleji-
dad del procedimiento y, por ello, éste tiene mayor capacidad de decisión
sobre su cuerpo en relación a la inter vención quirúrgica anticonceptiva. Así
mismo, en estos escenarios se deben exigir ciertas formalidades para que
dicho consentimiento sea válido, tales como que se dé por esc rito y que sea
persistente. Lo anterior, con miras a reforzar las garantías de autonomía,
información y salud del paciente. ( 

Mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad
Instrumentos
La pena privativa de la libertad, por regla
general, tiene una ejecución intra mural, con
internamiento en centro carcelario o penitencia-
rio, sin embargo, su ejecución puede ser susti-
tuida a través de la prisión domiciliaria, en cuyo
caso, “(…) la prisión consistirá en la privación d e
la libertad en el lugar de residencia o morad a del
”.
La Corte ha manifest ado que la prisión domi-
ciliaria es una i nstitución jurídica penal que ofre-
ce formas alternativas de ejecución de la pena
diferente al interna miento en un centro de reclu-
  
problemas y defectos de las penas tradicionales
y efectiviza la función de resocialización de la
pena.
Los requisitos para que los condenados pue-
dan acceder a este mecanismo alternativo se
encuentran consagrados en el artículo 38B del
Código Penal, a saber: i) la pena míni ma privati-
va de prisión debe ser de 8 años o menos; ii) los
delitos sancionados no pueden ser los incluidos
en el inciso 2º del artículo 68ª de 2000; iii) el
condenado debe demostrar el ar raigo familiar y
social; iv) la constitución de una caución judicial.
En conclusión, la pena privativa de la liber-
tad, por regla general se cumple intra muros en
centro de reclusión, sin embargo, la misma pue-
de tener una pena alter nativa de prisión domi-
ciliaria, entendida por esta Corporación como
    
resocialización de la pena. El acceso a esta pena
alternativa, está condicionado al cumplimiento
de los requisitos establecidos por la ley.
Los mecanismos sustitutivos de la pena pri-
vativa de la libertad
La etapa de punibilidad dent ro del proceso
     
pena privativa de la libertad. En su ejecución, el
condenado puede hacer uso de mecanismos sus-
titutivos de la misma, que le perm iten la suspen-
sión condicional de la ejecución de la pena, la
libertad condicional o la reclusión domicilia ria u
hospitalaria por enfermedad muy grave.
La suspensión condicional de la ejecución de
la pena le permite al sentenciado la suspensión
de la ejecución de la pena por un periodo de dos
(2) a cinco (5) años, siempre que concurran los
siguientes requisitos: i) la pena de prisión impues-
ta no puede exceder de 4 años; ii) si la persona
carece de antecedentes penales y no se trata de
uno de los delitos contenidos en el inciso 2º del
artículo 68A de la Ley 599 de 2000, el juez debe-
rá conceder el subrogado únicamente con base
en el requisito anterior; iii) si el condenado tiene
antecedentes penales por delito doloso dentro de
los 5 años anteriores, la concesión de la medida
se realizará con base en los antecedentes perso-
nales, sociales y familiares del sentenciado que
permitan indicar que no existe necesidad de la
ejecución de la pena.
Por su parte, la libertad condicional 
la oportun idad de una persona condenada penal-
mente para hacer cesar el estado de privación de
la libertad impuesto mediante sentencia que lo
sancionó con pena de prisión. Para su concesión,
el juez competente debe previamente valorar la
conducta punible, situación que fue declarada
condicionalmente exequible por esta Corpora-
ción, mediante sentencia C-757 de 2014, “(…) en
  las valoraciones de la con-
ducta punible hechas por los juece s de ejecución
de penas y medidas de seguridad para decidir
sobre la libertad condicional de los condenados
tengan en cuenta las circunstancias, elementos
y consideraciones hechas por el juez penal en

   
condicional.
Realizada la anterior valoración, el juez debe
   -
sitos: i) la persona debe haber cumplido las 3/5
partes de la pena; ii) su adecuado desempeño y
comportamiento durante su reclusión, permite
suponer fundadamente que no existe necesidad
de continuar con la ejecución de la pena; iii) que
demuestre arraigo familiar y social; y iv) debe
reparar a la víctima o asegurar el pago de la
indemnización mediante garantía personal, real
o bancaria. El tiempo que falta para el cumpli-
miento de la pena será tenido en cuenta como
periodo de prueba.
En ambos casos, tanto en la ejecución condi-
cional de la pena y de la liberta d condicional, los
   
las siguientes obligaciones: i) informar cambio
de residencia; ii) observar buena conducta; iii)
reparar los daños ocasionados con el delito; iv)
comparecer personalmente ante la autoridad
judicial que vigile el cumplimiento de la senten-
cia, cuando así lo requiera; v) no salir del país sin
previa autorización del funcionario que vigile la
ejecución de la pena; y vi) prestar caución que
garantice el cumplimiento de las obligaciones
descrit as.
El incumplimiento de cualquiera de estas
obligaciones generará la ejecución inmediata de
la sentencia en lo que haya sido suspendida y se
hará efectiva la caución prestada.
Por último, la reclusión domiciliaria u hospi-
  permite que
el juez pueda autorizar la ejecución de la pena
privativa de la libertad en la residencia de pena-
do o en el centro hospitalario deter minado por el
INPEC, en caso de que se encuentre aquejado por
una enfermeda d muy grave que sea incompatible
con la vida en reclusión formal. Para conceder
-
ta especializado, y durante su cumplimento, el
juez ordenará exámenes periódicos para deter-
minar si la enfermedad que dio origen a la con-
cesión de la institución aun continua e n términos
de grave dad.
Según lo expuesto, la pena privativa de la
libertad impue sta a un condenado puede ser obje-
to tanto de una medida a lternativa como la prisión
domiciliaria, como de mecanismos sustitutivos
de la misma como la ejecución condicional de la
pena, la libert ad condicional o la reclusión domi-
ciliaria u hospitalaria p or enfermedad muy grave.
  
alternativas diferentes a la ejecución de la pena
de prisión, siempre que se cumplan los requisitos

 s constitucionalmente válidas como se
verá a continuación.
Trascendencia constitucional de los mecanis-
mos alternativos o sustitutivos de la pena de pri-
sión como instrumentos que permiten alcanzar

El acceso de los condenados a los mecanismos
alternativos o sustitut ivos de la pena de prisión en
las condiciones establecidas por la ley, constitu-
ye para aquellos una herra mienta invaluable para
                  -
ción de la pena y para reintegrarse a la normali-
dad de su vida.
Frente a este aspecto, esta Corporación ha
considerado que para muchas persona s la perma-
nencia en un centro de reclusión puede generar los
efectos contrarios en tér minos de resocialización,
por lo que el cumplimiento de la condena en un
ambiente familiar o social, favorece su proceso
de reintegración al pacto social.
Los mecanismos alternativos o sustitutivos
de la pena de prisión, encuentra n su fundamento
en principios constitucionales como la excep-
cionalidad, la necesidad, de adecuación, la pro-
porcionalidad y razonabilidad, por tal razón se
a libertad pueda
ser alternada por la pr isión domiciliaria o ser sus-
tituida por la ejecución condicional de la pena o

permiten al condena do un proceso de resocializa-
ción más humanizante. 
sentencia C-328 del 22 de junio de 2016, exp. D-11077,
 

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