Centro de Memoria Histórica Resolución número 001 de 2012, por la cual se delegan unas funciones del Centro de Memoria Histórica en funcionarios del Departamento para la Prosperidad Social. - 26 de Agosto de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 395768146

Centro de Memoria Histórica Resolución número 001 de 2012, por la cual se delegan unas funciones del Centro de Memoria Histórica en funcionarios del Departamento para la Prosperidad Social.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín48534
6
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.534
Domingo, 26 de agosto de 2012

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Parágrafo. Las mesas de votación que no contengan las respectivas actas o las mis
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respectivo escrutinio y no se contabilizarán”.
Que el mismo acuerdo en el artículo 5° numeral 3 señaló:
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Que las anteriores normas fueron tomadas por reenvío normativo del artículo 192 del De-
creto 2241 de 1986 y aplicadas de manera supletoria por el Tribunal de Garantías Electorales.
Que la Ley 163 de 1994 en su parágrafo 2° del artículo 5° consagra:
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(…)”.
artículos 3° y 5° del Acuerdo 011
del 28 de mayo de 2012, en virtud al principio según el cual la ley posterior se aplicará con
preferencia a la anterior, siempre preservando los principios de legalidad y seguridad jurídica.
Por todo lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1°. artículo 3° del Acuerdo 011 del 28 de mayo de 2012, el cual
quedará así:
“Artículo 3°. A la hora de inicio de los escrutinios la comisión escrutadora procederá
a abrir uno a uno los sobres o bolsas que contienen las actas de los jurados, y se dejará en
el acta general el correspondiente estado en que se encuentren las actas y demás documen-
tos; lo mismo que respecta de las tachaduras, enmendaduras que advierta en las actas de
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(2) de los jurados de votación.
Parágrafo. Las mesas de votación que no contengan las respectivas actas o las mismas
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
Artículo 2°. numeral 3 del artículo 5° del Acuerdo 011 del 28 de mayo
de 2012, el cual quedará así:
“3. Cuando los cuatro (4) ejemplares de las actas de escrutinio de los jurados de votación

Artículo 3°. El presente acuerdo rige desde su aprobación y publicación y deroga todas
las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Valledupar, a los 30 de mayo de 2012.
La Presidente,

El Secretario,
Iván Morón Cuello.
(C. F.).
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Centro de Memoria Histórica
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 001 DE 2012
(enero 30)
por la cual se delegan unas funciones del Centro de Memoria Histórica en funcionarios

   
la Constitución Política y los artículos 9º y 14 de la Ley 480 de 1998 y el Decreto 4803
CONSIDERANDO:
Que el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 creó el Centro de Memoria Histórica como
un Establecimiento Público del orden nacional con personería jurídica, autonomía admi-
nistrativa y patrimonial;
Que el Decreto 4158 de 2011 adscribió el Centro de Memoria Histórica al Departamento
Administrativo para la Prosperidad Social;
Que el artículo 1º del Decreto 4803 de 2011 señala que el Centro de Memoria Histórica
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
;
Que el artículo 2º del Decreto 4803 de 2011 establece que el Centro de Memoria Histó-
rica tiene por objetivo la recepción, recuperación, conservación, compilación y análisis de
todo el material documental, testimonios orales y por cualquier otro medio, relativo a las

realización de las investigaciones, actividades museísticas, pedagógicas y otras relacionadas
que contribuyan a establecer y esclarecer las causas de tales fenómenos, conocer la verdad
y contribuir a evitar en el futuro la repetición de los hechos;
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 prevé “Las autoridades administrativas, en
     
podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores
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Que el artículo 14 de la Ley 489 de 1998 prevé “La delegación de las funciones de los
organismos y entidades administrativos del orden nacional efectuada en favor de entidades
descentralizadas o entidades territoriales deberá acompañarse de la celebración de conve

Así mismo, en el correspondiente convenio podrá determinarse el funcionario de la entidad
delegataria que tendrá a su cargo el ejercicio de las funciones delegadas. Estos convenios
estarán sujetos únicamente a los requisitos que la ley exige para los convenios o contratos
entre entidades públicas o interadministrativas;
Que, en virtud de lo establecido en la mencionada Ley 489 de 1998, la autoridad dele-
gante puede reasumir en cualquier tiempo la competencia delegada;
Que el artículo 31 del Decreto 4155 del 3 de noviembre de 2011 establece: “Servicios
Compartidos”. El Departamento Administrativo podrá ejecutar los procesos relaciona
  
documental, administrativa, tecnológica, de servicio al cliente y de contratación, cuando
las entidades adscritas y vinculadas al Sector Administrativo de Inclusión Social y Re
conciliación, incluido el Fondo para la Reparación a las Víctimas, celebren convenios de
cooperación bajo el esquema de servicios;
Que en desarrollo de la citada norma el Departamento para la Prosperidad Social y el
Centro de Memoria Histórica suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación
007 de 2012 para Aunar esfuerzos entre el DPS y El Centro para brindar apoyo y asesoría,
por parte del DPS al El Centro, en los procesos operacionales, tales como los de gestión
-
sición los recursos humanos, técnicos, operativos y logísticos necesarios para desarrollar
Centro;
Que en desarrollo del Convenio interadministrativo de Cooperación 007 de 2012 se
 -
partamento Administrativo para la Prosperidad Social y el Centro de Memoria Histórica

  
delegar el ejercicio de las Funciones de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad de la Unidad,
en los agentes del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social que ejercen
dichas funciones dentro de su entidad;
 Centro
de Memoria Histórica, su directora debe adelantar las medidas administrativas necesarias
para el cumplimiento de las funciones asignadas en el Decreto 48032 de 2011;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º. Delegar en el funcionario Jairo Rodríguez Rojas, con cédula de ciudadanía
19440832, con funciones de Presupuesto del Departamento para la Prosperidad Social, las
funciones de Presupuesto del Centro de Memoria Histórica.
Artículo 2º. Delegar en la funcionaria Doris Gisella Parra Vargas, con cédula de ciuda-
danía 41786607, con funciones de Tesorería del Departamento para la Prosperidad Social,
las funciones de Tesorería del Centro de Memoria Histórica.
Artículo 3º. Delegar en la funcionaria Mauren Sofía Alpana Muñoz, con cédula de ciu-
dadanía 52030496, con funciones de Contabilidad del Departamento para la Prosperidad
Social, las funciones de Contabilidad del Centro de Memoria Histórica.
Artículo 4º. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de enero de 2012.
El Director General,
Gonzalo Sánchez Gómez.
(C. F.).
(febrero 23)



Constitución Política y en especial los Decretos 770 de 2005, 2772 de 2005, 2539 de 2005
RESUELVE:
 
para unos empleos que conforman la Planta de Personal del Centro de Memoria Histórica,
-

misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al Centro.
 
Centro de Memoria Histórica, que hace parte integral de la presente resolución, se funda-
menta en el siguiente marco estratégico:

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