Mercado de capitales - Núm. 3, Abril 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 866296283

Mercado de capitales

AutorLuis Gabriel Morcillo
Páginas52-53
Industria Legal
MERCADO DE 
lmorcillo@bu.com.co
Luis Gabriel Morcillo
Calle 70 BIS, Número 4-41, Bogotá
www.bu.com.co
Se expidió el Decreto 151/2021 que
introdujo una nueva regulación que
modifica el Decreto 2555/2010 en lo
relacionado con el régimen de revelación
de información para los emisores de
valores.
La reforma tiene como propósito que el
mercado de valores esté provisto de
información oportuna, completa y exacta,
de manera que los agentes que participan
puedan contar con información suficiente
para tomar decisiones de inversión o
desinversión.
Dentro de las principales reformas
establecidas por el Decreto se encuentra el
desarrollo de las obligaciones generales a
cargo de los emisores en materia de
revelación al mercado de información
periódica e información relevante.
Adicionalmente, se introduce (i) un
concepto de materialidad de la información
según el cual el emisor deberá considerar
como información material aquella que
sería tenida en cuenta por un inversionista
prudente y diligente al momento de
comprar, vender y/o conservar los valores
del emisor, o al momento de ejercer los
derechos políticos inherentes a tales
valores; y (ii) unas reglas de interpretación
que deberán tener en cuenta los emisores
al momento de aplicar las disposiciones de
cara a la revelación de información
periódica y relevante.
Por otro lado, se introduce un marco de
revelación periódica para los emisores, de
manera que con una periodicidad trimestral
y de fin de ejercicio, éstos deban elaborar
los reportes con información sustancial y
completa, que permita a los inversionistas y
al mercado contar con información
actualizada del negocio y la situación
financiera de los emisores.
Así mismo, el Decreto 151 introdujo en el Artículo
5.2.4.3.1 del Decreto 2555/2010 un listado taxativo
y más reducido de eventos que deben ser
revelados por los emisores al mercado.
El Decreto 151 establece un régimen de
transición de dos años contados a partir de su
publicación para que dentro de ese tiempo sea
cumplido el Decreto de manera facultativa y a partir
del 10 de febrero de 2023, para que los emisores
cumplan con este nuevo régimen de revelación de
información de manera obligatoria y se dará a la
SFC un año a partir de su publicación para expedir
las instrucciones en él establecidas.
Con la promulgación del Decreto 151/2021 se
busca generar un marco regulatorio eficiente y
balanceado que responda a las necesidades e
intereses de los emisores en el marco de sus
obligaciones de brindar información de calidad a los
inversionistas, y se evite imponer cargas de
cumplimiento excesivas a los emisores de valores.
CAPITALES
Nuevo régimen de revelación de
información de emisores de valores

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