MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Resolución número 00000448 de 2010, por la cual se definen los elementos para el pago anticipado a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud por concepto de reclamaciones ECAT presentadas al Fosyga por atenciones médico-asistenciales derivadas de los daños causados a las personas en accidentes de tránsito, glosadas con estado de auditoría devuelto al 18 de enero de 2010 y los mecanismos de compensación en caso de glosas no subsanadas. - 8 de Febrero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 76184597

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Resolución número 00000448 de 2010, por la cual se definen los elementos para el pago anticipado a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud por concepto de reclamaciones ECAT presentadas al Fosyga por atenciones médico-asistenciales derivadas de los daños causados a las personas en accidentes de tránsito, glosadas con estado de auditoría devuelto al 18 de enero de 2010 y los mecanismos de compensación en caso de glosas no subsanadas.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47617

es ejecutivas RESOLUCION EJECUTIVA NUMERO 275 DE 2009 RESOLUCION NUMERO 00000448 DE 2010 por la cual se definen los elementos para el pago anticipado a las Instituciones Prestadoras El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia, Delegatario de funciones de Servicios de Salud por concepto de reclamaciones ECAT presentadas al Fosyga por presidenciales conforme al Decreto numero 3542 del 16 de septiembre de 2009, en ejercicio atenciones medico-asistenciales derivadas de los daños causados a las personas en accide la facultad que le confiere el articulo 509 de la Ley 600 de 2000, y dentes de transito, glosadas con estado de auditoria devuelto al 18 de enero de 2010 y los mecanismos de compensacion en caso de glosas no subsanadas.

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Notas Verbales numeros 2139 del 31 de julio de 2008 y 2788 del 30 de El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de las facultades legales y en especial septiembre de 2008, el Gobierno de los Estados Unidos de America, a traves de su Embajada las conferidas por el articulo 5º del Decreto-ley 074 de 2010, en Colombia, solicito la detencion provisional con fines de extradicion del ciudadano colomRESUELVE:

biano Carlos Marin Guarin, conocido como "Pablo", "Comandante Pablo" y como "Gustavo Anibal Giraldo Quinchia", requerido para comparecer a juicio por delitos federales de toma

Articulo 1° Objeto

La presente resolucion tiene por objeto definir los elementos para de rehenes (secuestro).

el pago anticipado a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que hubieren iniEsa mision diplomatica mediante Nota Verbal numero 3005 del 21 de octubre de 2008, ciado el proceso de acreditacion y las ya acreditadas en desarrollo del Sistema Obligatorio aclaro que el nombre correcto del ciudadano requerido es Gustavo Anibal Giraldo Quinchia.

de Garantia de la Calidad, de las reclamaciones presentadas al Fosyga derivadas de atenciones medico-asistenciales por daños causados a las personas en accidentes de transito 2. Que el Fiscal General de la Nacion, mediante resolucion del 28 de octubre de 2008, y que al 18 de enero de 2010, se encontraren glosadas con Estado de Auditoria Devuelto, decreto la captura con fines de extradicion del ciudadano Gustavo Anibal Giraldo Quinchia, identificado con...

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